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"ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD PROMOVIDA POR VILMAR EISEN Y JOEL EISEN HIPPLER EN: ALFREDO AUGUSTO MAGGI AQUINO C/ VILMAR EISEN HIPPLER S/ ACCIÓN PREPARATORIA DE JUICIO EJECUTIVO". EXPTE. N° 665 AÑO 2022. A.I. N°: 823 Asunción, 17 de Junio de 2025. **VISTO:** El escrito de desistimiento presentado en fecha 20 de setiembre de 2022, por Vilmar Eisen y Joel Eisen Hippler, por sus propios derechos, bajo patrocinio de abogadas, y: **CONSIDERANDO** Los accionantes manifiestan que, por medio del presente escrito y con arreglo a lo dispuesto en los arts. 165 y 166 del CPC, solicitan se tenga por desistido de la acción de inconstitucionalidad promo vida por su parte en fecha 01 de abril de 2022. Argumentan que, teniendo en cuenta que las partes ha n llegado a un acuerdo transaccional donde ponen fin a los litigios existentes entre los mismos y a todos los efectos procesales y legales suscriben conjuntamente el presente escrito los señores VILMA R EISEN, JOEL EISEN HIPPLER y el Abg. ALFREDO AUGUSTO MAGGI AQUINO. Que, el art. 10 del Código Civil, autoriza la renuncia de los derechos conferidos por las leyes con tal que sólo miren el interés individual y no esté prohibida su renuncia. Que, el art. 166 del Código Procesal Civil reza: «En cualquier estado de la causa el actor puede des istir de la acción que ha promovido. Este desistimiento impide renovar en el futuro el mismo proceso e implica la renuncia al derecho respectivo. El juez se limitará a examinar si el desistimiento pro cede por la naturaleza del derecho en litigio, y a dar por terminado el proceso en caso afirmativo. Para desistir de la acción no es necesaria la conformidad de la parte contraria». Así pues, de conformidad a las normativas citadas corresponde tener por desistido a los accionantes de su acción de inconstitucionalidad. **POR TANTO,** la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CONSTITUCIONAL RESUELVE: HACER LUGAR al desistimiento solicitado por Vilmar Eisen y Joel Eisen Hippler, por sus propios derec hos, bajo patrocinio de abogadas, de la acción de inconstitucionalidad promovida en fecha 01 de abri l de 2022. **ANOTAR,** notificar y registrar. Ante mí: Cesar M. Diesel Junghanns Ministro CSJ. Abg. Julio C. Pavón Martinez Secretario Gustavo E. Santander Dans Ministro Dr. Víctor Rios Ojeda Ministro
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