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Causa: “Oscar Daniel D’ecclesiis Cohene s/Coacción y otros”. A.I. VISTO: El Recurso Extraordinario de Casación interpuesto por Oscar Daniel D’ecclesiis Cohene, por de recho propio y bajo patrocinio del Abg. Enzo Martinez, contra el A.I. N° 53 de fecha 10 de marzo de 2025, dictado por el Tribunal de Apelación, de la Circunscripción Judicial de Presidente Hayes, en l o autos precedentemente individualizados, y: C O N S I D E R A N D O: 1- El régimen recursivo vigente impone a esta Sala Penal, verificar si el planteamiento escrito obed ece íntegramente los requerimientos formales –que condicionan la viabilidad- previstos en los arts. 449, 477, 478, 480 y 468 del C.P.P..- 2- El recurrente plantea Recurso Extraordinario de Casación contra la resolución del Tribunal de Ape laciones que resolvió: Declarar admisible, el recurso de Apelación General interpuesto y confirmar e l A.I. N° 1798 de fecha 28 de Octubre de 2024, dictado por el Juez Penal de Garantías de Villa Hayes , Abg. Víctor Hugo Ronzewski. 3- A su vez, el fallo de primera instancia resolvió no hacer lugar al incidente de nulidad absoluta del acta de imputación y sobreseimiento definitivo del Sr. Oscar Daniel D’ecclesiis Cohene. 4- El recurrente fue notificado en fecha 13 de mayo de 2025, e interpuso el recurso de casación en f echa 27 de mayo del 2025, al décimo día hábil, por lo que ha sido presentado dentro de los diez días previstos en el Art. 468 del C.P.P..- 5- El Abg. Enzo Martinez, es defensor del Sr. Oscar Daniel D’ecclesiis Cohene, quien está siendo pro cesado, razón Para conocer la validez del documento, verifique aquí:
Causa: “Oscar Daniel D’ecclesiis Cohene s/Coacción y otros”. por la que se afirma el derecho a recurrir, hallándose cumplida la exigencia prevista en el Art. 449 del C.P.P..- 6- En cuanto al objeto, la presentación interpuesta no cumple las disposiciones de forma, dado que l a resolución recurrida no es objetivamente impugnable por esta vía. La misma, al confirmar el Auto I nterlocutorio que resuelve no hacer lugar al incidente de Nulidad absoluta del acta de imputación de fecha 24 de octubre del 2024 y sobreseimiento definitivo planteado por el Abg. Enzo Martínez, no ti ene el efecto ni la virtualidad de poner fin al procedimiento, extinguir la acción o la pena, o dene gar la extinción, conmutación o suspensión de la pena, según lo preceptuado por el Art. 477 del C.P. P..- Bajo las consideraciones precedentemente expuestas y con sustento en las disposiciones legales vigen tes; la,-. CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, SALA PENAL, RESUELVE: 1. DECLARAR INADMISIBLE el Recurso Extraordinario de Casación interpuesto por el Abg. Enzo Martínez, en representación del señor Oscar Daniel D’ecclesiis Cohene, contra el A.I. N° 53 de fecha 10 de ma rzo de 2025, dictado por el Tribunal de Apelación, de la Circunscripción Judicial de Presidente Haye s, en la causa caratulada: “Oscar Daniel D’ecclesiis Cohene s/Coacción y otros”, por los argumentos expuestos en el considerando de la presente resolución. 2. COMUNICAR lo resuelto al órgano jurisdiccional competente, advirtiéndose que el trámite no puede suspenderse por ésta presentación u otra vinculada a ella..
Causa: “Oscar Daniel D’ecclesiis Cohene s/Coacción y otros”. 3. **ANOTAR**, notificar y registrar. Para conocer la validez del documento, verifique aquí: Firmado digitalmente por: MANUEL DE JESUS RAMIREZ CANDIA (MINISTRO/A) Firmado digitalmente por: MARÍA CAROLINA LLANES OCAMPOS (MINISTRO/A) Firmado digitalmente por: LUIS MARÍA BENÍTEZ RIERA (MINISTRO/A) - Asunción, 12 de junio de 2025 con Nro. A.I.: 308 D.
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