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RAGO CORTE SUPREMA DE USTICIA ACCIÓN INCONSTITUCIONALIDAD PROMOVIDA POR CESAR ROBERTO KRAUSE MIERS C/ART. 16 INCISO F) Y 143 DE LA LEY N° 1626/2000; RESOLUCION N' 26/2024, DE FECHA 29 DE ENERO DE 2024 Y EL ART. 1° DE LA LEY 6834/2021, QUE MODIFICA EL ART. 251 DE LA LEY DE ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA DE FECHA 22/06/1909"Nº 639 ANO 2024.- A.I. N°:... 583 TICA CIVIL Asunción, 29 de abril de 2025.- VISTA: la acción de inconstitucionalidad presentada por el Señor CESAR ROBERTO KRAUSE MIERS por derecho propio y bajo patrocinio de abogado, en Pocontra del Art: 16 Inciso F) y 143 de la Ley N° 1626/2000; Resolución N° 26/2024, de fecha 29 de Enero de 2024 y el Art. 1° de la Ley 6834/2021, Que Modifica el Trint. 291 de la Ley de Organización Administrativa de fecha 22/06/1909; у. CONSIDERANDO: el accionante refiere que los actos normativos inconstitucionales porque violan los artículos 47, 46, 86, 88, 92, 101, 102, 103,105 y 109 de la Constitución Nacional. artículo 550 del C.P.C. dispone: competente. Toda persona lesionada en sus legitimos derechos por leyes, decretos, reglamentos, ordenanzas municipales, resoluciones u otros actos administrativos que infrinjan en su aplicación, los principios o normas de la Constitución, tendrá facultad de promover ante la Corte Suprema de Justicia, la acción de inconstitucionalidad en el modo establecido por las disposiciones de este capítulo" El artículo 12 de la Ley 609/95 establece: "No se dará trámite a la acción de inconstitucionalidad en cuestiones no justiciables, ni a la demanda que no precise la norma constitucional afectada, ni justifique la lesión concreta que le ocasiona la ley, acto normativo, sentencia definitiva o interlocutoria". La Acordada N° 979 de fecha 04 de agosto de 2015 establece en su artículo 2 "Disponer que tanto el tramite como el rechazo in límine de las acciones de inconstitucionalidad serán suscriptos por los Ministros de la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, emitiendo su opinión en cada caso en particular".- Analizado el escrito de presentación se constata que la parte accionante ha indicado concretamente el agravio, como también ha citado las normas que considera vulneradas, exponiendo con claridad y precisión su planteamiento, razones por las que corresponde dar trámite a la acción de inconstitucionalidad y correr vista a la Fiscalía General del Estado, de conformidad con el artículo 554 del C.P ( . POR TANTO, la PODER SECRETARIA JUBICIAL I RTE SUPREN CI CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CONSTITUCIONAL TENER por presentado al recurrente en el carácter invocado constituido su domicilio en el lugar indicado. . ORDENAR la agregación de las instrumentales presentadas. DAR TRAMITE a la acción presentada por el Señor CESAR ROBERTO KRAUSE MIERS por derecho propio y bajo patrocinio de abogado, en contra del Irt. 16 Inciso F) y 143 de la Ley N° 1626/2000; Resolución N° 26/2024, de fech ) de Enero de 2024 y el Art. 1° de la Ley 6834/2021, Que Modifica el Art. 251 de Ley de Organización Administrativa de fecha 22/06/1909" CORRER vista a la Fiscalía General del Estado. FIJAR días de notificación en Secretaría los martes y jueves de cada semana e conformidad a lo dispuesto en el Art. 131 del C.P.C.- ANOTAR y registrar. Gustavo E. Santander Dans Ministro ..... Desel Junghanns Ministro CSJ. Abg. Jutio C. Pavón Martinez Secretario DG Dr. Victor Rios Ojeda Ministro
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