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DEL C CORTE SUPREMA DE USTICIA ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD PROMOVIDA POR CARLOS ALBERTO ROMERO AVEIRO C/ ART. 1° DE LA LEY N° 4252/2010.-"QUE MODIFICA ARTS. 3, 9 Y 10 DE LA LEY 2345/03" NUMERO 2744 AÑO 2023. Asunción, 23 de abril de 2025.- 27. اشكشامة 105 0il 91 TICC CIVIL 205 El pedido de suspensión de efectos formulado por el señor CARLOS ALBERTO ROMERO AVEIRO, por derecho propio y bajo patrocinio de Huye Abogado, contra el Art. 1 de la Ley N° 4252/2010 a su vez modificatoria de la Ley N° 234542003 "DE REFORMA Y SOSTENIBILIDAD DE LA CAJA FISCAL SISTEMA RELBLACIONES Y PENSIONES DEL SECTOR PÚBLICO", y; CONSIDERANDO: Que, la mencionada recurrente en el escrito de promoción de la acción solicita la suspensión de efectos del acto normativo atacado de inconstitucional en base a lo dispuesto en el art. 553 del Código Procesal Civil. Que, el Artículo 553 del C.P.C., dispone que: "la interposición de la demanda no suspende los efectos de la ley, decreto, reglamento, acto normativo o disposición impugnada salvo cuando la Corte Suprema así lo dispusiere, a petición de parte, porque su cumplimiento podría ocasionar al reclamante un irreparablé. Dicha resolución se dictará de inmediato y sin substanciación Perjuicio Que, en estas condiciones y estando cumplidos los requisitos exigidos por el Art. 553 citado, procede hacer lugar a lo solicitado. - A su turno el Ministro Victor Rios, dijo: Considero que en el presente evidencia peligro en la demora, ni que la aplicación de la norma atacada pueda ocasionar perjuicio irreparable al accionante. ... Por lo que no estando cumplidos los requisitos exigidos en el Artículo 553 del C.P.C., voto por el rechazo de la medida solicitada. ES MI VOTO. - A su turno del Ministro Gustavo Santander Dans, dijo: En relación al presente caso, y, habiendo emitido mi voto por el rechazo in limine de la mencionada acción de inconstitucionalidad, considero que no corresponde hacer lugar a la medida de suspensión de efectos solicitada. ES MI VOTO. POR TANTO, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CONSTITUCIONAL NO HACER LUGAR a la suspensión de efectos formulado por el señor CARLOS ALBERTO ROMERO AVEIRO, por derecho propio y bajo patrocinio de • Abogado, contra el Art. 1 de la Ley N° 4252/2010 a su vez modificatoria de la Ley N° 2345/2003 "DE REFORMA Y SOSTENIBILIDAD DE LA CAJA FISCAL SISTEMA DE JUBILACIONES Y PENSIONES DEL SECTOR PÚBLICO", de conformidad a los términos del considerando de la presente resolución. ANOTAR y registrar. Ante mi: Cesar M. Diesel Junghanns Gustavo E. Santander Dans Ministro SODICIAL SECRETARIA cocr Ministro Abg. Julio C. Pavón Martine Secretario
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