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CORTE SUPREMA DE USTICIA ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD PROMOVIDA POR LUCIO MELGAREJO CACERES C/ LA LEY N° 2345/03, ART. 3, 9, 10.- N° 429, AÑO 2024. A.I. N°:.. S22 20 CIVIL Asunción, i4 de abril de 2025.- ESTADISTIO VISTO: El pedido de suspensión de efectos formulado el señor LUCIO MELGAREJO CACERES, por derecho propio y bajo patrocinio de abogado, contra el Art. 1 de la Ley N° 4252/2010 "QUE MODIFI CA DOS ARTS. 395 Y 10° DE LA LEY Nº 2345/2003 DE ROFORMA Y SOSTENIBILIDAD DE LA CAJA FISCAL SI SISTEMA POVOBILACIONES Y PENSIONES DEL SECTOR PÚBLICO", V;- CONSIDERANDO: Que, el mencionado recurrente en el escrito de promoción de la acción solicita la suspensión de efectos del acto normativo atacado de inconstitucional en base a lo dispuesto en el art. 553 del Cód igo Procesal Civil.- Que, el Artículo 553 del C.P.C., dispone que: "la interposición de la demanda no suspende los efectos de la ley, decreto, reglamento, acto normativo o disposición impugnada salvo cuando la Corte Suprema así lo dispusiere, a petición de parte, porque su cumplimiento podría ocasionar al reclamant e un perjuicio irreparable. Dicha resolución se, dictará de inmediato y sin substanciación". Que, en estas condiciones y estando cumplidos los requisitos exigidos por el Art. 553 citado, procede hacer lugar a lo solicitado. A su turno el Ministro Víctor Ríos, dijo: Considero que en el presente caso no se evidencia peligro en la demora, ni que la aplicación de la norma atacada pueda ocasionar perjuicio irreparable al accionante.- Por lo que no estando cumplidos los requisitos exigidos en el Artículo 553 del C.P.C., voto por el rechazo de la medida solicitada. ES MI VOTO. A su turno del Ministro Gustavo Santander Dans, dijo: En relación al presente caso, y, habiendo emitido mi voto por el rechazo in limine de la mencionada acción de inconstitucionalidad, considero que no corresponde hacer lugar a la medida de suspensión de efectos solicitada. ES MI VOTO . POR TANTO, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CONSTITUCIONAL RESUELVE: NO HACER LUGAR a la suspensión de efectos formulado por el señor LUCIO MELGAREJO CACERES, por derecho propio y bajo patrocinio de abogado, contra el Art. 1 de la Ley N° 4252/2010 "QUE MODIFICA LOS ARTS. 3°, 9° Y 10º DE LA LEY N° 2345/2003 "DE REFORMA Y SOSTENIBILIDAD DE LA CAJA FISCAL SISTEMA DE JUBILACIONES Y PENSIONES DEL SECTOR PÚBLICO", de conformidad a los términos del considerando de la presente resplución.- ANOTAR y registrar. Gustavo E. Santander Dans Cesar M. Diesel Junghanns Ministro CS) Ante mí: Dr. Victor Ríos Ojeda Ministro AL Abg. Julio C. Pavon Martinez Secretario ORTE SECRETARIA JUDICIAL! coco
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