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2l ESTADIS JUICIO: "R.H.P. DE LOS ABGS. JORGE ANTONIO ESCOBAR CORTE SUPREMA DEJUSTICIA Y BENEDICTO ACOSTA CASTRO EN: MONICA SOLEDAD SERVIN AZOYA C/ MOWIZA S.A. Y/O SUS REPRESENTANTES LEGALES S/ INDEMNIZACION DE DAÑOS Y PERJUICIOS POR من اسلا 1 104 RESPONSABILIDAD EXTRACONTRACTUAL". - , 5 2025 07. A.I. Nº 185.. Asunción, 31 de marzo del 2.025.- Y VISTOS: Los Recursos de Apelación y Nulidad interpuesto por el Abogado Nelson R. Godoy, contra el Auto Interlocutorio N° 27, con fecha de Febrero del 2.023, dictado por el Tribunal de Apelación en lo Comercial, Laboral Y Penal, * Circunscripción Judicial Misiones; el informe de la Secretaria obrante a f. 26; y, CONSIDERANDO: De las constancias del Juicio y del informe de la Secretaria Judicial (f. 26) se advierte que la última actuación procesal que impulsó la Instancia Recursiva y de la cual existe constancia en el expediente, es la Providencia con fecha 17 de Julio del 2.024, que obra a f. 25 de autos. El Artículo 172 del Código Procesal Civil, en lo pertinente, establece: "Se operará la caducidad de la instancia en toda clase de juicios, cuando no se instare su curso dentro del plazo de seis meses".- En el caso se advierte que desde el dictado de la Providencia con fecha 17 de Julio del 2.024 hasta la fecha, ha transcurrido un plazo superior a seis meses para que opere la Caducidad de Instancia, sin que la Parte recurrente cumpliera acto procesal alguno capaz de instar el curso del proceso.- Por lo tanto, corresponde declarar -de oficio- operada la Caducidad de Instancia Recursiva, de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 172 y 175 del Código Procesal Civil e imponer las Costas a la Parte apelante, conforme lo dispone el Artículo 200 del citado Código de Forma. ( PO SECRETARIA CORTE Por tanto, la Excelentísima; CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CIVIL Y COMERCIAL RESUELVE: * ECLARAR OPERADA LA CADUCIDAD de la instancia recursiva en este por haber transcurrido el término prescripto en el Artículo 172 edigo Procesal Civil IMPONER Costas a la parte apelante. REMITIR est • Juicio al Tribunal de origen para lo que hubiere lugar Derecho. TAR registrar Ante m Fugenio Jiménez R / Ministro Alberto Martinez Simon Ministro Meuu a Menges Dos Sant Secretaria
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