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CORTE SUPREMA DE JUSTICIA U½ ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD PROMOVIDA POR LOURDES DE JESUS ORDANO DE PALACIOS C/ ART. 1° DE LA LEY 4252/10 " QUE MODF. LOS ARTS. 3, 9 Y 10 DE LA LEY 2345/3" N° 1974 AÑO 2022.- A.I. N°:... 3 (oz 6i ві DISTICA CH 多 80 Asunción, 27 de marzo de 2025.- DES Visto: El pedido de suspensión de efectos formulado por la señora LOURDES ESÚS ORDANO DE PALACIOS, por derecho propio y bajo patrocınio de po abogado, en contra del Art. 1 de la Ley N° 4252/2010 que modifica les artículos 3°, 9° *lde la Ley N° 2345/03- De Reforma. y Sostenibilidad de la Caja Fiscal - Sistema de Jubilaciones y Pensiones del Sector Público, y; - CONSIDERANDO: A su turno el Ministro Cesar Diésel Junghanns, dijo: Que, el mencionado recurrente en el escrito de promoción de la acción solicita la suspensión de efectos del acto normativo atacado de inconstitucional en base a lo dispuesto en el art. 553 del Código Procesal Civil.- Que, el Artículo 553 del C.P.C., dispone que: "la interposición de la demanda no suspende los efectos de la ley, decreto, reglamento, acto normativo o disposición impugnada salvo cuando la Corte Suprema así lo dispusiere, a petición de parte, porque su cumplimiento podría ocasionar al reclamante un perjuicio irreparable. Dicha resolución se dictará de inmediato y sin substanciación".- Que, en estas condiciones y estando cumplidos los requisitos exigidos por el Art. 553 citado, procede hacer lugar a lo solicitado. A su turno el Ministro Victor Ríos, dijo: Considero que en el presente caso no se evidencia peligro en la demora, ni que la aplicación de la norma atacada pueda ocasionar perjuicio irreparable al accionante. Por lo que no estando cumplidos los requisitos exigidos en el Artículo 553 del C.P.C., voto por el rechazo de la medida solicitada. ES MI VOTO A su turno el Ministro Gustavo Santander, dijo: En relación al presente caso, y, habiendo emitido mi voto por el rechazo in limine de la mencionada acción de inconstitucionalidad, considero por demás expedirme en cuanto a la medida de suspensión de efectos solicitada. ES MI VOTO.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CONSTITUCIONAL RESUELVE: NO HACER LUGAR a la suspensión de efectos del 1 de la Ley N° 4252/2010 que modifica los artículos 3°, 9° y 10° de la Ley N° 2345/03- De Reforma y Sostenibilided de la Caja Fiscal - Sistema de Jubilaciones y Pensioñes del Sector Público y contra el 8° y 18° de la Ley 2345/03 "Sistema de Jubilaciones y Pensiones del Sector Publico, en relación a a la señora LOURDES DE JESÚS ORDANO DE PALACIOS, de conformidad a los fundamentos expuestos en el exordio de esta resolución. ANOTAR y notificar. Ante mi: Cesar M. Diesel Junghanns Ministro CSJ. Abo. Julio C Pavón Mantinez Sedretario Gustavo E. Santander Dans Ministro PODE 31805 SECRETARIA JUDICIALI Víctor Ríos Ojeda Ministro
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