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CORTE SUPREMA DE JUSTICIA ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD PROMOVIDA POR MARIA ELIZABETH GONZALEZ EN LOS AUTOS: "CAUSA N° 998/2017 MINISTERIO PÚBLICO C/ EVER HIGINIO LEIVA OJEDA Y MARIA ELIZABETH GONZALEZ QUIÑONEZ S/ S.H.P. C/ LEY 1340" AÑO:2022 N° 1155. 03 21 222: AI.Nº..383 REC ICA CIVIL. 窗 Asunción, 25 de marzo de 2025.- ESTADIS 2025 20 VISTO: el escrito presentado en fecha 08 de enero del 2024 por la Defensora Pública Abg. 2 Roque lo Miriam Diaz Benítez, en representación de la Señora María Elizabeth González Quiñonez, en e l cual 61 ві/4191 Arexpresa que desiste expresamente de la presente acción de inconstitucionalidad, y; SI CONSIDERANDO Opinión del Ministro Dr. Víctor Ríos Ojeda: Que, la recurrente manifiesta que desiste de la acción de inconstitucionalidad instaurada en razón a que la causa ya cuenta con S.D. N° 82 de fecha 26/06/223, sentencia absolutoria recaída en Juicio Oral y Público, por lo que pierde relevancia la tramitación de la presente acción.-......- Que, el art 10 del Código Civil paraguayo, autoriza la renuncia de los derechos conferidos por las leyes con tal que sólo miren el interés individual y no esté prohibida su renuncia. Que, el art. 166 del C.P.C. expresa: "En cualquier estado de la causa el actor puede desistir de la acción que ha promovido. Este desistimiento impide renovar en el futuro el mismo proceso e implica la renuncia al derecho respectivo. El Juez se limitará a examinar si el desistimiento es procedente por la naturaleza del derecho en litigio, y a dar por terminado el proceso en caso afirmativo". Que, por las consideraciones que anteceden y encuadrándose dentro de lo establecido en la norma trascripta, el desistimiento formulado por la recurrente deviene procedente. A su turno, el Ministro Dr. Gustavo Santander Dans, manifiesta que se adhiere al voto del Ministro Dr. Víctor Ríos Ojeda, por los mismos fundamentos. A su turno, el Ministro Dr. César Diesel Junghanns, manifiesta que se adhiere al voto del Ministro Dr. Víctor Ríos Ojeda, por los mismos fundamentos. POR TANTO, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CONSTITUCIONAL RESUELVE HACER LUGAR al desistimiento solicitado por la Defensora Pública Abg. Miriam Díaz Benítez, en representación de la Señora María Elizabeth González Quiñonez, en los autos mencionados más arriba, de conformidad al exordio de esta resolución. Ante mí: Gustavo E. Santander Dans Ministro POD ٢١ Dr. Victor Ríos Ojeda Ministro COR SECRETARIA JUDICIAL • TICIA US SUPRENS
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