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CORTE SUPREMA DE USTICIA 860/24 JUICIO: "RECUSACIÓN SIN EXPRESIÓN DE CAUSA FORMULADA POR BLAS WILFRIDO BOGADO GIMENEZ CONTRA EL PLENO DEL TRIBUNAL DE APELACIÓN EN LOS AUTOS: AGROGANADERA DAGUS S.A. C/ BLAS WILFRIDO BOGADO GIMENEZ EJECUTIVA". S/ ACCIÓN 128 A.I. N° 10.00 109 Asunción, 10 de Marzo del 2.025.- PECIDO ADISTICA CI VISTOS: Las recusaciones "sin expresión de causa" planteadas Wilfrido Bogado Giménez, contra los Rotensos Tribunal de Apelación en lo Civil, Comercial, Laboral, L Penal, Circunscripción Judicial Amambay, yi- CONSIDERANDO: El citado planteó recusaciones "sin expresión de causa" contra los Mienbros del Tribunal de Apelación en lo Civil, Comercial, Laboral y Penal, Circunscripción Judicial Amambay, onen los términos del escrito obrante a f. l de autos.- Los recusados elevaron sus respectivos informes solicitaron que sean rechazadas las recusaciones formuladas por improcedentes (f. 2). El Artículo 24 del Código Procesal Civil reza: "El actor • demandado podrá recusar sin expresión de causa una sola vez en cada juicio a un juez de primera instancia, de los Tribunales de Apelación y de la Corte Suprema de Justicia. Cuando sean varios los actores o los demandados, cualquiera de ellos podrá usar de esta facultad. Su ejercicio no obstará a la recusación con causa". La citada disposición legal establece que el actor o demandado podrá hacer uso de la facultad de recusar "sin causa" una vez en cada Juicio "a un" Juez de Primera Instancia y de los Tribunales de Apelación. En efecto, cabe señalar que este instituto, al tener como finalidad la separación del Juez Natural de la Causa -situación excepcional y grave dentro del desarrollo del proceso- debe ser utilizado en forma responsable y con aplicación restrictiva, por excelencia, contra un Magistrado en cada Instancia. En consecuencia, al haber recusado sin causa a todos los Miembros del Tribunal, corresponde rechazar las recusaciones así planteadas por improcedentes.
Por tanto, en mérito de las motivaciones que anteceden, la Excelentísima; CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CIVIL Y COMERCIAL RESUELVE: RECHAZAR las recusaciones "sin expresión de causa" planteadas por Blas Wilfrido Bogado Giménez, contra los Magistrados Sandra Isabel Fariña Rolón, Modesto Cano Vargas y Elvio Derlis Insfran Armoa, Miembros del Tribunal de Apelación en lo Civil, Comercial, Laboral y Penal, Circunscripción Judicial Amambay, por las motivaciones expuestas.- DEVOLVER estos Autos al Tribunal de origen. ANOTAR registrar y notificar. Alberto Martinez Simon Ministro Eugenio Jiménez R. Ministro Ceur Anterio Ante mí: Abg. María Rita Monges Dos Santos Secretaria POD SECRETARI CORTE
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