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سلسا 23 لشلش CORTE SUPREMA DE USTICIA 9% JUICIO: "NEZILDO MARINI VICTORIANO LOPEZ Y OTROS INTERDICTO DE RECOBRAR POSESION" C/ S/ LA • 04 ICA CIVIL A.I.N.............. คอดe ses Fiand Asunción, 10 de marzo del 2.025. Los Recursos de Apelación y Nulidad interpuestos por Diego Cubas y José Gil López, contra el Auto interIorio N 532, con techa di de septiero del 2,023, dietado PAeL Tribunal de Apelación en 10 Civil y Comercial, Primera Sala, Circunscripción Judicial Alto Paraná; el informe de la Actuaria obrante a f. 568 y; CONSIDERANDO: De las constancias del Juicio y del informe de la Secretaria Judicial (f. 568) se advierte que la última actuación procesal que impulsó la Instancia recursiva y de la cual existe constancia en el expediente, es la Providencia de fecha 20 de Junio del 2.024. E1 Artículo 172 del Código Procesal Civil, en lo pertinente, reza: "Se operará la caducidad de la instancia en toda clase de juicios, cuando no se instare su curso dentro del plazo de seis meses" En el caso, desde la Providencia del 20 de junio del 2.024 (E. 567) hasta la fecha, ha transcurrido plazo superior a seis meses para que opere la Caducidad de Instancia, sin que la Parte recurrente haya cumplido ningún acto procesal capaz de instar el curso del proceso. Por consiguiente, corresponde declarar -de oficio- operada la Caducidad de Instancia recursiva, de conformidad con lo dispuesto en Artículos 172 y 175 del Código Procesal Civil e imponer las Costas a la Parte apelante, según el Artículo 200 del citado Código de Forma.-. DER PO I tanto, la Excelentísima; CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CIVIL Y COMERCIAL cont RESUELVE: SECRETABECLARAR OPERADA LA CADUCIDAD de la Instancia recursiva en este Juicio haber transcurrido el plazo prescripto en el Artículo 172 Cáti go Procesal Civil. IMPONER las Costas a la Parte apelante. f- REMITIR este Juicio al Tribunal ‹ origen lo que hubier lugan en Derecho. ANOTAR, registrar y notificar. Ante mí: Goras Alberto artinez Simon Ministro Eugenio Jiménez K: Ministro sobre esento U junio; 567: vale MDUO Abg. María Rita Monges Dos Santos Secretaria Aba. María Rita Monges Dos Santos
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