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991/23 CORTE SUPREMA DE USTICIA JUICIO: "R.H.P. DEL ABOG. RODOLFO A. BERENDSEN WENTZENSEN EN: CAJA DE JUBILACIONES Y PENSIONES DE EMPLEADOS DE BANCOS Y AFINES C/ BANCO CENTRAL DEL PARAGUAY S/ ACCION EJECUTIVA". - 162 A.I. N°....... Asunción, 18 de marzo del 2.025. - TICA Y VISTOS: Estos autos, yi ESTA 18-03- 2025 CONSIDERANDO: constancias del Juicio y del informe de la Roque Secretaria Judicial de f. 33, se advierteN que el Abogado Berendsen Wentzensen retiró estos autos el 30 de Diciembre de 2.024, y los devolvió en fecha 10 de Febrero de 2.025, las 08:20 horas. En el expediente no existe constancia que el recurrente se haya presentado a contestar el traslado corrídole, habiendo vencido el plazo procesal que tenía para hacerlo, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 437 del Código Procesal Civil. M ع ع - Corresponde, pues, dar por decaído el Derecho que ha dejado de usar el Abogado Rodolfo Berendsen Wentzensen, para contestar el traslado corrídole y llamar Autos para Resolver. Por tanto, la Excelentísima; CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CIVIL Y COMERCIAL RESUELVE: Dorecho que ha dejado de usar el wentzensen, para contestar el DAR POR DECAÍDO el Abogado Rodolfo Botendsen traslado corrídope.-... AUTOS para Resolye regiptrar y notificar. Gurag DICIAL (Eugenio Siménez R Alberto Martinez Simon Ministro Ministro maul Abg. María Rita Monges Dos Santos Secretaria SECRETARIA
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