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CORTE SUPREMA DE USTICIA REGULACIÓN DE HONORARIOS PROFESIONALES DEL ABG. WALTER MANUEL RICCIARDI EN LOS AUTOS: ACCION DE INCONSTITUCIONALIDAD PROMOVIDA POR LETICIA ELIZABETH GONZALEZ ESTIGARRIBIA C/ ART. 41° DE LA LEY N° 2856/06 PARCIALMENTE MODIFICADA POR LEY N° 4773/12" N° 3041. AÑO 2022. 01 02 03/08 Asunción, 12 A.I. N° 330 de Marzo de 2.025 .- VISTO: El escrito presentado por el Abogado Walter Manuel Ricciardi, y; CONSIDERANDO: A la cuestión planteada, el Doctor GUSTAVO SANTANDER DANS, dijo: 91/5|# E El Abogado mencionado peticiona sean regulados sus honorarios por las labores desplegadas en esta instancia y que concluyeron con el dictado del Acuerdo y Sentencia N° 704 de fecha 07 de noviembre de 2022, por el cual se hizo lugar parcialmente a la acción de inconstitucionalidad interpuesta. - Atento a los autos principales agregados por cuerda, se aprecia que el abogado Walter Manuel Ricciardi actuó en el carácter de patrocinante de la peticionante de la acción, por lo que deviene aplicable el art. 25 de la Ley Arancelaria. La acción fue interpuesta contra la norma por la que denegaron la devolución de sus aportes solicitada. Corresponde aplicar las disposiciones del art. 62 - primera parte - de la Ley 1376/88 tomando como parámetro "el contenido patrimonial en litigio o el provecho económico obtenido por el cliente". . Asimismo, conforme lo establecido en la Acordada N° 337 del 24/11/04 dictado por esta Corte, corresponde adicionar el importe del Impuesto al Valor Agregado (IVA), equivalente a un 10% del monto regulado. Monto - Gs. 72.418.538.- Art. 62 1° parte Acordada N° 337/04 (IVA 10%) - Total Gs. 7.241.853.- Gs. 724.185.- Gs. 7.966.038.- Por lo tanto, corresponde REGULAR los honorarios profesionales del Abogado Walter • Manuel Ricciardi, por las actuaciones cumplidas en esta instancia en el carácter de patrocinante de la parte peticionante, dejándolos establecidos en la suma de Gs. 7.966.038 (Guaranies Siete Millones Novecientos Sesenta y Seis Mil Treinta y Ocho), I.V.A incluido. A sus turnos, los Doctores VÍCTOR RÍOS OJEDA y CÉSAR DIESEL JUNGHANNS, manifiestan que se adhieren al voto del Ministro Preopinante, Doctor GUSTAVO SANTANDER DANS, por los mismos fundamentos.
POR TANTO, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CONSTITUCIONAL RESUELVE: REGULAR los honorarios profesionales del Abogado Walter Manuel Ricciardi, por las actuaciones cumplidas en esta instancia en el carácter de patrocinante de la parte peticionante, dejándolos establecidos en la /suma de GUARANIES SIETE MILLONES NOVECIENTOS SESENTA Y SEIS MIL TREINTA Y OCHO (Gs. 7.966.038), I.V.A incluido.- ANOTAR, registrar y notificar Gustavo E. Santander Dans Mini trO Cesar Mi. Diesel Junghanns Ministro CSJ. Dr. Victor Rios Ojeda Ministro Ante mí: SECRETARIA JUDICIALI
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