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CORTE SUPREMA DE USTICIA ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD: "JOSÉ LUIS GONZALEZ VERNAZA Y OTROS C/ ARTS. 1 DE LA LEY N° 98/92 Y ART. 1 DE LA LEY N° 4252/10, QUE MODIE LOS ARTS. 3, 9 Y 10 DE LA LEY N° 2345/03 Y EL ART. 1.2 Y 60 DE LA LEY N° 98/92". N° 1730 - AÑO 2022.- A.I.N: 301 1 TE B B V4 Asunción, 12 de Mar 70 de 2025.- VISTA: la acción de inconstitucionalidad presentada por el profesional abogado LUIS FERNANDO NICOLAS FLOR LUNA, en nombre y representación de los señores JOSÉ LUIS GONZALEZ VERNAZA, TOMAS HERNAN AMARILLA RODRÍGUEZ, JORGE ATANASIO FERREIRA RAMOS, contra los Artículos , 2 y 60 de la Ley N° 98/92 "QUE ESTABLECE EL REGIMEN UNIFICADO DE ÓNES Y PENSIONES Y MODIFICA LAS DISPOSICIONES DEL DECRETO-LEY N° 1860/50, DO POR LA LEY N° 375/56 Y LAS LEYES COMPLEMENTARIAS Nos. 537 DEL 20 DE SETIEMBRE DE 1958, 430 DE FECHA 28 DE DICIEMBRE DE 1973 Y 1286 DE FECHA 4 DE DICIEMBRE DE 1987"; contra el Artículo 1 de la Ley N° 4252/10 "QUE MODIFICA LOS ARTICULOS 3° 9° Y 10 DE LA LEY N° 2.345/03 DE REFORMA Y SOSTENIBILIDAD DE LA CAJA FISCAL. SISTEMA DE JUBILACIONES Y PENSIONES DEL SECTOR PÚBLICO", y CONSIDERANDO: Que, el profesional abogado en apoyo de la pretensión de sus representados alega que las normas impugnadas infringen las disposiciones contenidas en los Artículos 46, 47, 102, 103 de la Constituci ón Que, el artículo 550 del C.P.C. dispone: "Procedencia de la acción y juez competente. Toda persona lesionada en sus legítimos derechos por leyes, decretos, reglamentos, ordenanzas municipales, resolu ciones u otros actos administrativos que infrinjan en su aplicación, los principios o normas de la Constituci ón, tendrá facultad de promover ante la Corte Suprema de Justicia, la acción de inconstitucionalidad en el modo establecido por las disposiciones de este capítulo".- Que, el artículo 12 de la Ley 609/95 "No se dará trámite a la acción inconstitucionalidad en cuestiones no justiciables, ni a la demanda que no precise la norma constitu cional afectada, ni justifique la lesión concreta que le ocasiona la ley, acto normativo, sentencia definit iva o Que, la Acordada N° 979 de fecha 04 de agosto de 2015 establece en su artículo 2 "Disponer que tanto el tramite como el rechazo in límine de las acciones de inconstitucionalidad serán suscriptos por lo s Ministros de la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, emitiendo su opinión en cada caso en particular". Que, analizado el escrito de presentación se constata que se ha indicado concretamente el agravio, como también se ha citado las normas consideradas vulneradas, exponiendo con claridad y precisión el planteamiento, razones por las que corresponde dar trámite a la acción de inconstitucionalidad y cor rer vista a la Fiscal General del Estado, de conformidad con el artículo 554 del C.P.C POR TANTO, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CONSTITUCIONAL RESUELVE: TENER por presentado a los accionantes en el carácter invocado y tener por constituido su domicilio en el lugar señalado. . SUDIO ORDENAR la agregación de las instrumentales presentadas DAR TRÁMITE a la acción presentada por el profesional abogado LUIS FERNANDO NICOLAS OR LUNA, en nombre y representación de los señores JOSÉ LUIS GONZALEZ. VERNAZA, TOMAS RNAN AMARILLA RODRIGUEZ, JORGE ATANASIO FERREIRA RAMOS, contra los Artículos 1, 2 y 60 le la Ley N° 98/92 "QUE ESTABLECE EL REGIMEN UNIFICADO DE JUBILACIONES Y PENSIONES ODIFICA LAS DISPOSICIONES DEL DECRETO-LEY N° 1860/50, APROBADO POR LA LEY N° 375/56 S LEYES COMPLEMENTARIAS Nos. 537 DEL 20 DE SETIEMBRE DE 1958, 430 DE FECHA 28 DE CORTE SECRETARIA EMBRE DE 1973 Y 1286 DE FECHA 4 DE DICIEMBRE DE 1987"; contra el Artículo 1 de la Ley N° JUDICIAL I "QUE MODIFICA LOS ARTÍCULOS 3°, 9º Y 10 DE LA LEY N° 2.345/03 DE REFORMA Y SUPREMA DE PÚBLICO". SOSTENIBILIDAD DE LA CAJA FISCAL. SISTEMA DE JUBILACIONES Y PENSIONES DEL SECTOR CORRER vista a la Viscal General del Estado FIJAR días de notificación en Secretaría los martes y jueves de cada semana de conformidad a lo dispuesto en el Art. 131 del/C.P.C. ANOTAR y registrar.- Ante mí: Gustavo E. Santander Dans Ministro Cesar M. Diésel Junghanns Ministra cst Dr. Victor Ríos Ojeda Ministro Julio C. Hevén Martinez Secretario
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