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CORTE SUPREMA DE JUSTICIA JUICIO: "RECUSACIÓN SIN EXPRESIÓN DE CAUSA PROM. POR EL ABG. RAÚI LEZCANO BORDÓN CONTRA LA MAGISTRADA STELLA MARIS ZÁRATE GONZÁLEZ MIEMBRO DEL TRIBUNAL DE APELACIÓN EN LO LABORAL, SEGUNDA SALA EN EL EXP: LOURDES NATALIE SERVIAN JARA C/ VERNON INDL. Y COM. S.A. S/ REINTEGRO AL TRABAJO Y COBRO DE GUARANÍES". A.I. Nº.. 93! ESTADISTICA CIVIL Asunción, 4 dendiembredel 2.024.- recusación expresión de no a a por el Abogado pula bezoano dorada orara stelia MarisA. Zárate González, Miembro interino del Tribunal de CONSIDERANDO: El recusante mediante escrito obrante a f. 1 de autos, recusó "sin expresión de causa" a la citada Magistrada. La recusada elevó el informe previsto en el Artículo 31 del Código Procesal Civil. Manifestó que en el fuero laboral no existe facultad procesal para plantear recusación sin causa y, por tanto, corresponde el rechazo de la misma por su notoria improcedencia. (f. 2). El Artículo 16 del Código Procesal del Trabajo dispone: "El nombramiento, deberes y atribuciones, responsabilidad, potestades disciplinarias, enjuiciamiento, inamovilidad, recusaciones e inhibiciones de los jueces y magistrados del fuero laboral, se regirán conforme a lo establecido en la Ley Orgánica de los Tribunales de Justicia de la República, salvo en lo especialmente previsto en este Código". A su vez, el Artículo 206 del Código de Organización Judicial, establece: "Está prohibida la recusación sin causa de Maçistrados y Funcionarios Judiciales". Al respecto, se observa que la recusación "sin expresión de causa" no está permitida en la Jurisdicción Laboral, por expresa disposición de la Ley, según así 10 dispone el mencionado Artículo del Código de Organización Judicial, normativa general que rige el Instituto de la recusación. Asimismo, cabe señalar que las disposiciones del Código Procesal Civil sólo son aplicables supletoriamente ante ausencia normativa expresa, lo cual no ocurre en este caso en particular. Por lo expuesto, corresponde rechazar la recusación "sin expresión de causa" planteada por el Abogado Raúl Lezcano Bordón, contra la Magistrada Stella Maris A. Zárate González, Miembro del Tribunal de Apelación en lo Laboral, Segunda Sala.- Por tanto, la Excelentísima, CORTE SUPREMA SALA CIVIL Y DE JUSTICIA COMERCIAL RESUELVE: RECHAZAR la recusación "sin expresión de causa" planteada por el Abogado Raúl Lezcano Bordon contra Stella Maris A. Zárate González, Miembro interino del Tribunal de Apelación en lo Laboral, Segunda Sala, por las motivaciones expuestas. DEVOLVER estos Autos al Tribunal de origen. Alberto Martinez Simon Ministro muar Abg. María Rita Monges Dos Santes SECRETARIA Secretaria CORT aparat JUSTICIA SUPREM
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