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CORTE SUPREMA DE USTICIA ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD PROMOVIDA POR HECTOR ALCIDES GRAU DOMINGUEZ c/ ART. 251 LEY N° 22/1909 DE ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA FINANCIERA DEL ESTADO, ART. 17 LEY 1626/2000 DE LA FUNCIÓN PÚBLICA Y EL ART. 1° LEY 3989/2010 QUE MODIFICA EL ART. 16 INC. F) LEY 1626/2000 N° 2315 AÑO 2024. - A.I. Nº258 Asunción, 7 de marzo de 2025.- ICA CIVIL GRAVISTO: El pedido de suspensión de efectos formulado por el señor HECTOR ALCIDES J DOMENGUEZ, por derecho propio y en causa propia, contra el Art. 251 de la Ley de 1 Orgamización Administrativa del 22 de junio de 1909, Art. 17 de la Ley N° 1626/00 "De la Función Adible" y etel Art. 1° de la Ley N° 3989/10 "Modifica el inciso f) del artículo 16 y el artículo 143 de la ley N°T 626/2000 "De la Función Pública". CONSIDERANDO: Que, el mencionado recurrente a través del escrito de fecha 11 de diciembre de 2.024 donde solicita la suspensión de efectos del acto normativo atacados de inconstitucional en base a lo dispu esto en el art. 553 del Código Procesal Civil. Que, el Artículo 553 del C.P.C., dispone que: "La interposición de la demanda no suspende los efectos de la ley, decreto, reglamento, acto normativo o disposición impugnada salvo cuando la Corte Suprema así lo dispusiere, a petición de parte, porque su cumplimiento podría ocasionar al reclamante un perjuicio irreparable. Dicha resolución se dictará de inmediato y sin sustanciación".- Que, en estas condiciones y estando cumplidos los requisitos exigidos por el Art. 553 citado, procede hacer lugar a lo solicitado. OPINION DEL MINISTRO GUSTAVO SANTANDER DANS: Que, en el presente caso en cuanto a la medida de suspensión de efectos de las disposiciones impugnadas, considero que el cumplimiento por parte del accionante no podría ocasionarle un perjuicio irreparable, por lo que conforme a lo dispuesto en el Art. 553 del C.P.C., no corresponde hacer lugar a la medida solicitada. Es mi voto. POR TANTO, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CONSTITUCIONAL PODER UDICT J RESUELVE: HACER LUGAR a la medida de suspensión de efectos del Art. 251 de la Ley Organización Administrativa del 22 de junio de 1909, Art. 17 de la Ley N° 1626/00 "De la Función Pública" y el el Art. 1° de la Ley N° 3989/10 "Modifica el inciso f) del artículo 16 y el artículo 1 43 le la ley N° 1.626/2000 "De la Función Pública" en relación a la parte accionante, Sr. HECTOR LCIDES GRAU DOMINGUEZ hasta tanto sea resuelta la acción de Inconstitucionalidad promovida. OP. TE SECRETARIA JUDICIALI ANOTAR y notificar. Ante mí Dr. Víctor Ríos Ojeda Ministro
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