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CORTE SUPREMA DE JUSTICIA ESTAN "ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD PROMOVIDA POR ELVIO ROLANDO CASTELLANI Y GRISELDA MABEL RODRÍGUEZ GALEANO EN LOS AUTOS CARATULADOS: "AHMAD BAHJAT NASSER Y OTROS S/ PRODUCCIÓN DE DOCUMENTOS NO AUTENTICOS". N° 2815. 2019. lil22 A.I. N° 142 495) Asunción, 18 de febrero de 2023. 202-VISTA: La impugnación de inhibición de la Dra. Gládys Bareiro de Módica, formulada por el Ministro Alberto Martínez Simón, y;- Roque López Fr Asistente CONSIDERANDO: TE En fecha 19 de noviembre de 2020, la Dra. Gládys Bareiro de Módica se excusó de entender en estos autos, por existir conexidad con el juicio "ACCION DE INCONSTITUCIONALIDAD PROMOVIDA POR AHMAD BAHJAT NASSER EN LOS AUTOS CARATULADOS: "AHMAD BAHJAT NASSER Y OTROS S/ PRODUCCIÓN DE DOCUMENTOS NO AUTÉNTICOS", Nº2321/2019, alegando lo dispuesto en el Art. 21 del CPC.- Posteriormente, en fecha 24 de diciembre de 2020, el Ministro Alberto Martínez Simón impugnó la inhibición de la Dra. Bareiro de Módica por considerarlo improcedente. En su informe respectivo la Dra. Bareiro de Módica señaló que su inhibición se encuentra fundada y que por lo tanto, debe ser rechazada la impugnación.- Al momento del examen de la cuestión, cabe advertir que ante el fallecimiento de la Ministra Gladys Barbeiro de Módica en fecha 16 de agosto de 2021, la presente impugnación de inhibición realizada por el Ministro impugnante, carece de objeto de estudio y por lo tanto, debe declararse en POR TANTO, en atención a las consideraciones que anteceden, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CONSTITUCIONAL RESUELVE DECLARAR carente de objeto el estudio de la impugnación de inhibición formulada por el Ministro Alberto Martínez Simón, por los fundamentos expuestos en el exordio de la presente resolución. Dr. Víctor Ríos Ojeda Ministro C. Pavón Martínez coretario SECREIARIA JUDICIAL T 000
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