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CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Juicio: "INCIDENTE DE REGULACIÓN DE HONORARIOS PROFESIONALES DE LA ABG. VICTORINA GARCIA MENDIETA EN EL EXPTE. CARACTULADO: VICTORINA GARCIA MENDIETA C/ RES. FICTA DEL MINISTERIO CULTURA".- 01 02 03 A.I. N° 30:- 129 16: 81 ESTAI Asunción, 13 de febrero de 2025. inez VISTO: el Recurso de Apelación interpuesto por la Abo, VICTORINA GARCÍA A MENDIETA contra el proveído de fecha del 17 de julio de 2024, dictado por la Corte Suprema de Justicia, Sala Penal, y - El CONSIDERANDO La Abg. VICTORINA GARCÍA MENDIETA, interpone el recurso de apelación contra el contra el proveído de fecha del 17 de julio de 2024, dictado por la Corte Suprema de Justicia, Sala Penal; en que RESOLVIÓ: "En atención al escrito que antecede, en cuanto a la solicitud presentado por la abogada Victorina Garcia Mendieta, estese a lo resuelto en el cuarto punto del A.I. N° 295 de fecha 26 de junio de 2024, dictado por esta Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, obrante a fs. 41/42 de estos autos... Antes de entrar a analizar los argumentos de la recurrente, se debe hacer un estudio de la admisibilidad del recurso interpuesto, y en tal sentido, tenemos que en la LEY N° 609.- QUE ORGANIZA LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, en su CAPITULO DISPOSICIONES COMUNES, Artículo 17 se establece: "Irrecurribilidad de las Resoluciones. Las resoluciones de las salas o del pleno de la Corte solamente son susceptibles del recurso de aclaratoria y, tratándose de providencia de mero trámite o resolución de regulación de honorarios originados en dicha instancia, del recurso de reposición. No se admite impugnación de ningún género, incluso las fundadas en la inconstitucionalidad.". - Entrando al examen de la providencia recurrida, surge que la misma no es susceptible de la interposición de recurso de apelación, por ello está vedado para esta herramienta procesal un nuevo análisis de los planteamientos estudiados.- En merito a lo expuesto corresponde Rechazar el Recurso de Apelación interpuesto por la Abg. VICTORINA GARCÍA MENDIETA contra el proveído de fecha del 17 de julio de 2024, dictado por la Corte Suprema de Justicia, Sala Penal, por improcedente.- POR TANTO, con las motivaciones expuestas precedentemente, la; CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA PENAL RESUELVE: RECHAZAR el Recurso de Apelación interpuesto por la Abg. VOTAR, registrai y notifiear. - Ante mi/V Dra. Ma. Carolina Lianes O. Ministra Luis María Benítez Riera Ministro Dr. Manuel Dejesús Ramírez Candial MINISTRO Momia Abg. Norma Dominguez V. Cobrelatie SECRETARA COMENGIeSO * OIA
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