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CORTE SUPREMA DE JUSTICIA JUICIO: "MIRIAN BEATRIZ FLEITAS VILLALBA C/ ROCIO DEL CARMEN VELAZQUEZ OVIEDO S/ INDEMNIZACIÓN DE DAÑOS Y PERJUICIOS POR RESPONSABILIDAD EXTRACONTRACTUAL". CAlR A.I. N° 29 ESTADISTICA CIVIL Asunción, 5 de febrero del 2.025 - -02- 2025 STOSE LOS Recursos de Apelación y Nulidad interpuestos por Rodio. e/ Roque Loßte franco "Caymen Velázquez Oviedo, bajo patrocinio de abogado, contra A. Aristene N° con fecha 27 de Octubre del 2.023, dictado por el Apelación en lo Civil y Comercial, Primera Sala, Circunscripción Judicial Itapúa; el informe de la Actuaria obrante a fs. 15; y, CONSIDERANDO: De las constancias del Juicio y del informe de la Secretaria Judicial (f. 15) se advierte que la última actuación procesal que impulsó la Instancia Recursiva y de la cual existe constancia en el expediente, es la Providencia de fecha 27 de Mayo del 2.024, que obra a f. 14 de autos.- El Artículo 172 del Código Procesal Civil, en lo pertinente, establece: "Se operará la caducidad de la instancia en toda clase de juicios, cuando no se instare su curso dentro del plazo de seis meses".- En el caso se advierte que desde el dictado de la Providencia de fecha 27 de Mayo del 2.024 hasta la fecha, ha transcurrido un plazo superior a seis meses para que opere la Caducidad de Instancia, sin que la Parte recurrente cumpliera acto procesal alguno capaz de instar el curso del proceso. Por lo tanto, corresponde declarar de oficio operada la Caducidad de Instancia Recursiva, de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 172 Y 175 del Código Procesal Civil e imponer las Costas al apelante, conforme lo dispone el Artículo 200 del citado Código de Forma.- Por tanto, la Excelentísimai CORTE SUPREMA DE JUSTICIA AUDICIA SALA CIVIL Y COMERCIAL RESUELVE: DECLARAR OPERADA LA CADUCIDAD de la instancia recursiva en este CORTE SECRET Juich o por haber transcurrido el término prescripto en el Artículo 172 ded Código Procesal Civil. SUPREMA IMPONER Costas Apelante. REMITIR est Juicio al Tribunal de origen ara 10-que hubiere Lugar en Derecho ANOTAR registrar y notificar.- Eugenio Jiménez K Ministro: Alberto Martinez Simon Ministro Ciner Andinil Ganase Sobresento 2025; vulo Abg. Marta Rita Monges Dos Sestos
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