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CORTE SUPREMA DE JUSTICIA JUICIO: "IMPUGNACIÓN LA INHIBICIÓN PLANTEADA EN NILSA GÓMEZ ENCISO C/ JUAN ZARACHO S/ DESPIDO INJUSTIFICADO Y COBRO DE GUARANÍES". A. I. Nº 1 01 Lil 2 02 105 106/ 16 Asunción, 5 de febrero del 2.025- impugnación formulada por Alma Méndez de Miembro del Tribunal de Apelación en lo Laboral, Centeno, Miembro del Tribunal de Apelación en 10 Laboral, Primera Sala de la Capital, Yi CONSIDERANDO: Por Providencia de fecha 28 de noviembre del 2022, Julio César Centeno, integrante del Tribunal de Apelación en 10 Laboral, Primera Sala de la Capital, se ha inhibido de entender autos, invocando la causal prevista en el Artículo 20 inc. j) del Cód. Proc. Civ. (enemistad) respecto a la abogada Graciela Nicolasa Bernis (f. 01). -= Magistrada Alma Méndez de • Buongermini, impugnó la inhibición del citado Magistrado conforme con el informe elevado, obrante a f. 02, en el que manifestó que la letrada por quien el Magistrado inhibió no tiene intervención en autos y que tampoco se encuentra registrada na en el sistema de Consultas de Casos Judiciales. Por ello, señaló que al no tener intervención en autos la abogada Graciela Nicolasa Bernis, la inhibición del Magistrado Julio César Centeno deviene improcedente. Ahora bien, antes de iniciar el análisis de la procedencia de la causal indicada, se impone formular un par de precisiones respecto de los Magistrados Alma Méndez de Buongermini y Julio César Centeno. Ambos Magistrados, tanto impugnante como impugnado, han cesado en sus funciones jurisdiccionales por haberse acogido a los beneficios de la jubilación, siendo aceptada la renuncia de la primera en la sesión plenaria de la Corte Suprema de Justicia de fecha 09 de agosto del 2.023, y la del segundo en la sesión plenaria del 14 de junio del 2.023. De este modo, el estudio de la impugnación formulada deviene inane.- Por los motivos señalados, corresponde declarar carente de objeto la impugnación formulada por Alma Méndez de Buongermini, Miembro del Tribunal de Apelación en l0 Laboral, Segunda Sala de la Capital contra la excusación de Julio César Centeno, Miembro del Tribunal de Apelación en 10 Laboral, Primera Sala de la Capital. Por tanto, la Excelentísima; CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CIVIL Y COMERCIAL RESUELVE: DECLARAR carente de objeto la impugnación formulada por Alma Méndez de Buongermini, Miembro del Tribunal de Apelación en 10 Laboral, Segunda Sala de la Capital, contra la excusación de Julio César Centeno, Miembro del Tribunal de Apelación en 10 Laboral, Primera Sala de La Capital.- DEVOLVER estos autos al Tribunal de origen. Alberto Martinez Simon Sopa, registrar y noticialolo Ministro 1000 1 Interio Esenio himénez Re Ministro Ante mí: MRud SECRETARIA JUSTICIA Abg. María Rifa Monges Dos Santos / Селена Secretaria Sobreeserto: 2025; vule.r Abg. María Rita Monges Dos Santos Secretaria
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