Contenido completo: 109827.pdf

PARA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA JUICIO: "R.H.P. DEL ABG. EDUARDO ADOLFO VERA FERRER EN LO AUTOS CARATULADOS: CHACOMER S.A.E. C/ RES. N° 269 DEL 10 DE MARZO DE 2017 Y OTRA. DICT. POR EL MINISTERIO DE INDUSTRIA Y COMERCIO" 10/01/02 103/02 A.L. N°......3.. ESTADISTICA CIVIL Asunción, O2 de diciembre de 2024.- - 12573024 TO; Erescrito presentado por el Abg. Eduardo Adolfo Vera Ferrer, obrante a fs CONSIDERANDO: Que el citado profesional solicita la regulación de sus honorarios profesionales por los trabajos realizados en esta instancia, en el juicio caratulado: "CHACOMER S.A.E. C/ RES. N° 269 DEL 10 DE MARZO DE 2017 Y OTRA. DICT. POR EL MINISTERIO DE INDUSTRIA Y COMERCIO" En primer lugar debemos recordar que el concepto de costas procesales comprende todos los gastos causídicos de un litigio, entre los cuales pueden, eventualmente, encontrarse los honorarios profesionales; pero dichos honorarios no integran necesariamente la condena en costas, sino en la medida en que se hayan efectivamente devengado y sea procedente su determinación. La presente instancia ha sido abierta en razón de los recursos de apelación y nulidad interpuestos por el Abg. Robert Monte Domecq, en representación de la firma Chacomer S.A.E., contra la S.D. N° 691 de fecha 10 de septiembre de 2018, dictada por el Tribunal de Cuentas, Primera Sala. Luego, por A.I. N° 505 de fecha 26 de junio de 2020, dictado por esta Sala Penal, se ha resuelto declarar caduca la instancia respecto de los recursos de apelación y nulidad interpuestos. La reseña que antecede demuestra que, ante esta Sala, no se desempeñó -por parte del declaración de la caducidad respecto de los recursos interpuestos por la parte contraria, ya que la instancia concluyó por declaración de caducidad de oficio, sin que las partes hayan realizado labores, en el sentido de provocar dicha declaración. Es decir, el regulante no pidió en ningún momento la declaración de caducidad de los recursos interpuestos por la adversa en esta instancia. Por lo expuesto, corresponde no hacer lugar a la regulación de honorarios profesionales solicitada por el Abg. Eduardo Adolfo Vera Ferrer. Por tanto, de conformidad con todo lo considerado anteriormente y las disposiciones legales referidas, la Excma. CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA PENAL RESUELVE: NO HACER LUGAR a la regulación de honorarios profesionales solicitada par el Abg. Eduardo Adolfo Vera Ferter.- 2. ANOTAR, registrar y notificar CEREBRA Luis María Renítez Riera Pr. Manuel Dejesús Ramírez Candi MINISTRO Quil CONTENDAS. Dra. Ma. Carolina Lla Ministra HACEREMA DE Ante/mí: опиа Abg. Norma Dominguez V. Secrotario
← Volver a los resultados
Operadores de búsqueda disponibles: También podés escribir NEAR/5 o responsabilidad NEAR culpa y será corregido automáticamente.