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CORTE SUPREMA DE USTICIA ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD PROMOVIDA POR JOSE EFREN GONZALEZ JACQUET C/ RESOLUCION N° DGJP B N° 227 POR LA CUAL SE MODIFICA PARCIALMENTE LA RESOLUCION DGJP -B N° 3002" N° 1840 ANO 2022.- A.I.N°:...... 1922 ESTADISTICA CIVIL Asunción, 14 de Octubre de 202y.- E8 10- VISTO: El pedido de suspensión de efectos formulado por la Abogada LILIANA CRISTINA GOMEZ MATIAUDA en nombre y representación del Señor JOSE EFREN GONZALEZ JACQUET, Honde Los ARTA PDE LA LEY N° 3989/10 QUE MODIFICA LOS ARTICULOS 16 inc. 1),17° · 143 DE LA LEY N° 1626/00 DE LA FUNCION PUBLICA, y el ART. 1 DE LA LEY N° 6834 DEL 19 DE SIADMINISTRATIVA DEL ESTADO DEL 22 DE JUNIO DE 1909; y; - CONSIDERANDO: Que, la mencionada recurrente en el escrito de promoción de la acción solicita la suspensión de efectos de los actos normativos atacados de inconstitucionales en base a lo dispuesto en el art. 553 del Código Procesal Civil. Que, el Artículo 553 del C.P.C., dispone que la interposición de la demanda no suspende los efectos de la ley, decreto, reglamento, acto normativo o disposición impugnada salvo cuando la Corte Suprema así lo dispusiere, a petición de parte, porque su cumplimiento podría ocasionar al reclamante un perjuicio irreparable. Dicha resolución se dictará de inmediato y sin substanciación.- .- Que, en estas condiciones y estando cumplidos los requisitos exigidos por el Art. 553 citado, procede hacer lugar a lo solicitado. OPINION DEL MINISTRO GUSTAVO SANTANDER DANS: Que, en el presente caso en cuanto a la medida de suspensión de efectos de las disposiciones impugnadas, considero que el cumplimiento por parte del accionante no podría ocasionarle un perjuicio irreparable, por lo que conforme a lo dispuesto en el Art. 553 del C.P.C., no corresponde hacer lugar a la medida solicitada. Es mi voto.-. POR TANTO, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CONSTITUCIONAL RESUELVE: HACER LUGAR a la medida de suspensión de los artículos ART. 1 DE LA LEY N° 3989/10 QUE MODIFICA LOS ARTICULOS 16 inc. f) ,17° Y 143 DE LA LEY N° 1626/00 DE LA FUNCION PUBLICA, y el ART. 1 DE LA LEY N° 6834 DEL 19 DE AGOSTO DE 2021, QUE MODIFICA EL ART. 251 DE LA LEY N° 22 DE ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA DEL ESTADO DEL 22 DE JUNIO DE 1909, hasta tanto sea resuelta la acción de inconstitucionalided deducida. ANOTAR y notificar. Ante mi: Cesar M. Diesel Junghanns Ministro CSJ. Gustavo E. Santander Dans Ministro SUSTOS POD TDr. Victor Ríos Ojeda Ministro Abg. Julio C. Pavón Martínez Secretario , SECRETARIA JUDICIAL I
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