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BI 21 CORTE SUPREMA DE USTICIA ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD PROMOVIDA MAYARA TRAVEL SERVICE S.A. Y OTROS C/ LA VERSION MOD. DE LOS ARTS. I NUMERAL 2, INC A), 13 Y 21 DE LA LEY N° 6355/19"QUE MOD. LOS ARTS.1°, 3º,4° 7°; 13'Y 21 DE LA LEY N° 5033/13 "QUE REGLAMENTA EL ARTI 104 DE LA CONSTITUCION NACIONAL, 00 01 02 FUNCIONARIOS PUBLICOS Y AMPLÍA LAS DISPOSICIONES RESPALDATORIAS. N° 576 AÑO 2022. EST' 2024 -10 A.I. N°.. 1872 : 8 5 Asunción, 1y de Octubre de 2024- VISTA: la acción de inconstitucionalidad presentada por el abogado VICTOR MOISES BENITEZ VILLALBA, en nombre y representación de la firma MAYARA TRAVEL SERVICE S.A., LADISLÁO ELOD BARATH, MARIA CRISTINA DOLDAN DE BARATH, LADISLAO SI AUGUSTO BARATH DOLDAN, y CARLOS EUGENIO BARATH DOLDAN, y; Que, en el citado escrito se solicita la declaración de inconstitucionalidad de los artículos 1, numeral 2, inciso a), 13 y 21 de la Ley N° 6355/19 "Que modf. Los Arts: 1°; 3°, 4°, 7°, 13 Y 21 De La Ley N° 5033/13 "Que reglamenta el Art. 104 de la Constitución Nacional, de la Declaración de Bienes y Rentas, Activos y Pasivos de los Funcionarios Públicos y amplía las Disposiciones de la Ley N° 2051/03, sus modf. y normas Respaldatorias"... Que, resulta relevante a los efectos de la declaración de inconstitucionalidad de una norma, que el agravio sea contemporáneo tanto al momento de la impugnación como de su resolución. En tal sentido, cabe señalar que el artículo 1, numeral 2, inciso a), 13 y 21 de la Ley N° 6355/19, fue objeto de modificación según surge de la Ley N° 6919/2022 de fecha 18 de julio de 2022 "Que modifica varios Artículos de la Ley N° 5033. Que reglamenta el Articulo 104 de la Constitución Nacional, de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas, Activos y Pasivos Funcionarios Públicos. Y deroga la Ley N° 6355/2019", con lo cual, desaparecido del sistema la norma impugnada de inconstitucional, el agravio deja de ser actual y la controversia ya no existe. En atención a lo expuesto precedentemente, deviene inoficioso el estudio de la acción de inconstitucionalidad promovida por el abogado VICTOR MOISES BENITEZ VILLALBA, en nombre y representación de la firma MAYARA TRAVEL SERVICE S.A., LADISLAO ELOD BARATH, MARIA CRISTINA DOLDAN DE BARATH, LADISLAO AUGUSTO BARATH DOLDAN, y CARLOS EUGENIO BARATH DOLDAN, por haber desaparecido la causa que la POR TANTO, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CONSTITUCIONAL RESUELVE: DECLARAR INOFICIOSO el estudio de la acción de inconstitucionalidad presentada por el abogado VICTOR MOISES BENITEZ VILLALBA, en nombre y representación de la firma MYARA TRAVEL SERVICE S.A., LASDISLAO ELOD BARATH, MARIA CRISTINA DOLDAN DE BARATH LADISLAO AGUSTO BARTH DOLDAN, y CARLOS EUGENIO BARATH DOLDAN contra la versión modificada de los artículos 1, numeral 2, inciso a), 13 y 21 de la Ley N 6355/19 "Que modf. los Arts. 1°, 3°, 4°, 7°, 13 y 21 de la Ley N° 5033/13 "Que reglamenta el Art. 104 de la Constitución Nacional, de la Declaración de Bienes y Rentas, Activos y Pasivos de los Funcionarios Públicos y Amplía las disposiciones de la Ley N° 2051/03, sus modf. y normas Respaldatorias", conforme lo expuesto en el considerando de la presente resolución. ARCHIVAR estos-autos una vez firme esta resolución. NOTIFICAR por cedula Ante mí: Cesar M. Diesel Jungha Ministro CSJ Glistavo E. Santander Dans 10 Dr. Víctor Ríos Ojeda Ministro Abg. Julio C. Pavón Martinez Secretario SECRETARIA JUDICIAL I woon SUPRENT
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