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CORTE SUPREMA DE JUSTICIA EXPEDIENTE: "ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD PROMOVIDA POR MIGUEL FRANCISCO GARCETE CARDOZO Y OTROS EN LOS AUTOS: "ESTEBAN DAMIAN ALVAREZ ORTIZ Y OTROS S/ EMP. DE TRANSPORTE LA LIMPEÑA S.R.L. LINEA 49 S/ REPOSICIÓN EN EL EMPLEO Y COBRO DE GUARANIES EN DIVERSOS CONCEPTOS" EXP: 16/2015" N° 1097. ANO 2024.- A.I. N°.. 2350 Asunción, 04 de Diciembr, de 2024 - "i E VISTO: El escrito de desistimiento presentado por los Sres. Miguel Francisco Garcete Cardozo, Ramón Torres Solalinde, Rafael Martínez y Marcos Alfredo Deudan Acosta, por sus propios derechos y bajo patrocinio de abogado y;- CONSIDERANDO: QUE, los recurrentes manifiestan: "(..) Que, de acuerdo al estado de la causa y por convenir así a nuestros derechos de conformidad al art. 166 del C.P.C., por el presente escrito venimos a presentar "DESISTIMIENTO DE LA ACCIÓN'DE INSCONSTITUCIONALIDAD Y EL ARCHIVAMIENTO", de la presente causa (...)". QUE, el artículo 10 del Código Civil, autoriza la renuncia de los derechos conferidos por las leyes con tal que sólo miren el interés individual y no esté prohibida su renuncia. QUE, el artículo 166 del Código Procesal Civil reza: "En cualquier estado de la causa el actor puede desistir de la acción que ha promovido. Este desistimiento impide renovar en el futuro el mism o proceso e implica la renuncia del derecho respectivo. El Juez se limitará a examinar si el desistimiento es procedente por la naturaleza del derecho en litigio, y a dar por terminado el proce so en caso afirmativo (...)".- POR TANTO, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CONSTITUCIONAL RESUELVE: HACER LUGAR al desistimiento solicitado por los Sres. Miguel Francisco Garcete Cardozo, Ramón Torres Solalinde, Rafael Martínez y Marcos Alfredo Deudan Acosta, por sus propios derechos y bajo patrocinio de abogado, en la acción de inconstitucionalidad, presentada en fecha 30 de mayo de 2024. ANOTAR, registrar y notificar. AL Ante mí: SECRETARIA JUDICIAL I Cesar M. Diesel Junghanns Ministro CSJ. Gustavo E. Santander Dans Ministro Dr. Víctor Píns Ojeda Ministro Abog. Jullo C. Pavón Martinez Secretario
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