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CORTE SUPREMA DE JUSTICIA ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD PROMOVIDA POR GUSTAVO ADOLFO GONZALEZ ARCE C/ ART. 1° DE LA LEY N° 4252/10 "QUE MODIFICA LOS ARTS 3, 9 Y 10, DE LA LEY 2345/03 DE REFORMA Y SOSTENIBILIDAD DE LA CAJA FISCAL SISTEMA DE JUBILACION 1 02 03/01 Y PENSIONES DEL SECTOR PUBLICO" N° 2665 AÑO 2022.- RECIBIDO ESTADISTICA CIL Tr. 06 971081 A.I. N°:..... 1806. 1° -10-2024 Roque López Fronta Asunción, 04 de Octubede 2074 - , El pedido de suspensión de efectos formulado por el señor GUSTAVO ADOLFO GONZALEZ ARCE, por derecho propio y bain patrocirio de abogado, la contra del Art. 1 de la Ley N° 4252/2010 que modifica los artículos 3º, 9º y 10º de la /2345/03- De Reforma y Sostenibilidad de la Caja Fiscal - Sistema de Jabilaciones y Pensiones del Sector Público, y ; CONSIDERANDO: A su turno el Ministro Cesar Diésel Junghanns, dijo: Que, el mencionado recurrente en el escrito de promoción de la acción solicita la suspensión de efectos del acto normativo atacado de inconstitucional en base a lo dispuesto en elart. 553 del Código Procesal Civil. Que, el Artículo 553 del C.P.C., dispone que: "la interposición de la demanda no suspende los efectos de la ley, decreto, reglamento, acto normativo o disposición impugnada salvo cuando la Corte Suprema así lo dispusiere, a petición de parte, porque su cumplimiento podría ocasionar al reclamante un perjuicio irreparable. Dicha resolución se dictará de inmediato y sin substanciación".- Que, en estas condiciones y estando cumplidos los requisitos exigidos por el Art. 553 citado, procede hacer lugar a lo solicitado.- A su turno el Ministro Víctor Ríos, dijo: Considero que en el presente caso no se evidencia peligro en la demora, ni que la aplicación de la norma atacada pueda ocasionar perjuicio irreparable al accionante. Por lo que no estando cumplidos los requisitos exigidos en el Artículo 553 del C.P.C., voto por el rechazo de la medida solicitada. ES MI VOTO. . A su turno el Ministro Gustavo Santander, dijo: En relación al presente caso, y, habiendo emitido mi voto por el rechazo in limine de la mencionada acción de inconstitucionalidad, considero por demás expedirme en cuanto a la medida de suspensión de efectos solicitada. ES MI VOTO Por tanto, la; CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CONSTITUCIONAL RESUELVE: NO HACER LUGAR a la suspensión de efectos del 1 de la Ley N° 425212010 que modifica los artículos 3°, 9° y 10° de la Ley N° 2345/03 De Reforma Sostenibilidad de la Caja Fiscal - Sistema de Jubilaciones y Pensiones del Seetor Público y contra el 8° y 18° de la Ley 2345/03 "Sistema de Jubilaciones y Pensione del Sector Publico, en relación a al señor GUSTAVO ADOLFO GONZALEZ ARCE, d conformidad a los fundamentos expuestos en el exordio de esta resol cióbETARIA ANOTAR y notificar. Ante mí: Gustavo E. Santander Dans Ministro PENA Cesar M. Diesel Junghanns Ministro CSJ. Dr. Victor Ríos Ojeda Ministro Abg. Julio C. Pavón Martinez Secretario
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