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CORTE SUPREMA DE JUSTICIA EXPTE: "R.H.P. DEL ABG. LUIS MILNER GÓMEZ VÁZQUEZ EN: CÉSAR ARIEL OJEDA OLMEDO C/ METAS PLAST S.A. S/ DESPIDO INJUSTIFICADO Y COBRO DE GUARANÍES". - 856 A.I. N .. 03 04 1 111 RECIBICO Asunción, 21 de octubre del 2.024.- ESTi -10- 2024 VISTOS: Estos autos, yi 21 Ropolice cons CONSIDERANDO: Auto Interlocutorio N° 235, con fecha 12 de Abril del Tribunal de Apelación en lo Laboral, Segunda si concedto en relación y con efecto suspensivo el Recurso de Apelación interpuesto por el Abogado Isaac Orlando Roux Gorgerino, en representación de la parte demandada, contra el Auto Interlocutorio N° 21, con fecha 6 de Febrero de 2.024, dictado por el mencionado Tribunal.. El informe de la Secretaria, que obra a f. 27, expresó cuanto sigue: "Informo a V.E. que en fecha 4 de septiembre de 2024 se dictó la providencia que dispuso: "Del escrito de expresión de agravios presentado por el Abogado Isaac Orlando Roux, córrase traslado a la adversa por el plazo de ley". Posteriormente, la adversa se presentó a contestar traslado en fecha 13 de septiembre del 2024, a las 11:00 horas, según consta en el cargo obrante a f. 26 de autos" De dicho informe, y de las constancias de autos surge que el Abogado Luis Milner Gómez Vázquez quedó notificado, en forma automática, de la Providencia de traslado de la Expresión de agravios de fecha 4 de Septiembre del 2.024, en razón de no estar comprendida dicha Resolución entre las enumeradas en el Art. 82 del Código Procesal del Trabajo. Asi tenemos que se le tuvo por notificado en fecha jueves 5 de Septiembre del 2.024, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 1º de la Ley N° 1.110/85 "Por la cual se establece el régimen de notificaciones judiciales", y que modificó el Art. 81 del Código Procesal del Trabajo.- Se advierte, además, que el Abogado Luis Milner Gómez Vázquez presentó su escrito de contestación de traslado en fecha 13 de Septiembre de 2024, a las 11:00 horas, estando vencido el plazo de cinco días establecido en el Art. 437 del Código Procesal Civil, y que, en su parte pertinente, legisla: "Dentro... de cinco días, el apelante deberá presentar un escrito sintetizando los fundamentos del recurso. Del escrito de fundamentación se dará traslado a la otra parte por el mismo plazo de.. cinco días..". En concordancia, el Art. 438 del mismo Cuerpo de Ley dispone: "Si el recurrido no contestare el traslado dentro del plazo señalado, seguirá su curso la instancia". Las normas transcriptas son aplicables al caso en observancia de lo dispuesto en el Art. 6º del Código Procesal del Trabajo. Por lo tanto, se advierte que el plazo para fundamentar el Recurso venció en fecha jueves 12 de Septiembre del 2.024, pudiendo presentar su escrito hasta el 13 de Septiembre del 2.024, a las 09:00 horas, de conformidad al Artículo 150 del C.P.C., de aplicación complementaria en casos laborales. Por consiguiente, corresponde dar por decaído el Derecho que ha dejado de usar el Abogado Luis Milner Gómez Vázquez para presentar su escrito de contestación de traslado corrídole y llamar autos para resolver. Por tanto, la Excelentísima; CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CIVIL Y COMERCIAL RESUELVE: DAR POR DECAÍDO el Derecho que ha dejado de usar el Abogado Luis Milner Gómez Vázquez para presentar su escrito de contestación de traslado corrídole. AUTOS pararresolver. ANOTAR, registrar y notificar. Ante mí: Alberto maitmi simon Ministre Besar Animi Abg. María Rita Monges Dos Santos Secretaria PODER COF CORTE SUPREN 3 SECRETARIA Eugenio Jiménez R Ministro CIAL
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