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CORTE SUPREMA DE JUSTICIA ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD PROMOVIDA POR AURORA JOSEFINA CACERES GENES C/ ART. 1° DE LA LEY 4252/10, "QUE MODIFICA LOS ARTICULOS 3, 9, Y 10 DE LA LEY 2345/03, Y CONTRA ART. 149 DELA LEY N° 7050/2023.- AÑO 2023, N° 1080. 10 141/3/40 175B A.I. N°: -10-2024 Asunción, Oa de Octubre de 202y.- vE VISTO: El pedido de suspensión de efectos formulado por la señora, AURORA JOSEFINA CACERES GENES, por derecho propio y bajo patrocinio DE LA LEY N° 2345/2003 "DE REFORMA Y SOSTENIBILIDAD DE LA CAJA FISCAL SISTEMA DE JUBILACIONES Y PENSIONES DEL SECTOR PUBLICO" y contra el Art. 149 de la Ley N° 7050/2023 "QUE APRUEBA EL PRESUPUESTO GENERAL DE GASTOS PARA EL EJERCICIO FISCAL 2023", Y;- CONSIDERANDO: Que, la mencionada recurrente en el escrito de promoción de la acción solicita la suspensión de efectos de los actos normativos atacados de inconstitucional en base a lo dispuesto en el art. 553 del Código Procesal Civil.- Que, el Artículo 553 del C.P.C., dispone que: "la interposición de la demanda no suspende los efectos de la ley, decreto, reglamento, acto normativo o disposición impugnada salvo cuando la Corte Suprema así lo dispusiere, a petición de parte, porque su cumplimiento podría ocasionar al reclamante un perjuicio irreparable. Dicha resolución se dictará de inmediato substanciación". Que, en estas condiciones y estando cumplidos los requisitos exigidos por el Art. 553 citado, procede hacer lugar a lo solicitado. A su turno el Ministro Víctor Ríos, dijo: Considero que en el presente caso no se evidencia peligro en la demora, ni que la aplicación de la norma atacada pueda ocasionar perjuicio irreparable a la accionante. . Por lo que no estando cumplidos los requisitos exigidos en el Artículo 553 del C.P.C., voto por el rechazo de la medida solicitada. ES MI VOTO. A su turno del Ministro Gustavo Santander Dans, dijo: En relación al presente caso, y, habiendo emitido mi voto por el rechazo in limine de la acción de inconstitucionalidad interpuesta, considero que no corresponde hacer lugar a la medida de suspensión de efectos solicitada. ES MI VOTO. POR TANTO, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CONSTITUCIONAL RESUELVE: NO HACER LUGAR a la suspensión de efectos formulada por la señora, AURORA JOSEFINA CACERES GENES, por derecho propio y bajo patrocinio de abogada, del Art. 1 de la Ley N° 4252/2010 "QUE MODIFICA LOS ARTS. 3º, 9° Y 10° DE LA LEY N° 2345/2003 "DE REFORMA Y SOSTENIBILIDAD DE LA CAJA FISCAL SISTEMA DE JUBILACIONES Y PENSIONES DEL SECTOR PÚBLICO" y Art. 149 de la Ley N° 7050/2023 "QUE APRUEBA EL PRESUPUESTO GENERAL DE GASTOS PARA EL EJERCICIO FISCAL/2023" de conformidad a los términos del considerando de la presente resolución. .. ANOTAR y registrar. Ante mí: Cesar MI. Diesel Junghanns Ministro CSJ. Gustavo E. Santander Dans Ministro ОПЕР Dr. Víctor Ríns Ojeda Ministro Martinez SECRETARIA JUDICIAL ( 'ESUPREN
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