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CORTE SUPREMA DEJUSTICIA 21 PET ESTADI 61 8 41 ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD PROMOVIDA POR FRANCISCO FARINA SOSA CONTRA EL ART. 3°, 9° Y 10° DE LA LEY N°2345 Y EN CONTRA DE SU MODIFICACION LEY N° 4252/2010 ". N° 02 03 2957 AÑO 2023. A.I. N°:. 1712 - 2024 Asunción, 1 de octubre de 2024.- Visto: El pedido de suspensión de efectos formulado por el señor FRANCISCO FARIÑA SOSA, por derecho propio y bajo patrocinio de abogado, del Art. 1 de la Ley SN° 4252/2010 que modifica los artículos 3, 9 y 10 de la Ley N° 2345/03- De Reforma Sostenibilidad de la Caja Fiscal - Sistema de Jubilaciones y Pensiones del Sector Publica. y: CONSIDERANDO: A su turno el Ministro Cesar Diésel Junghanns, dijo: Que, el mencionado recurrente en el escrito de promoción de la acción solicita la suspensión de efectos del acto normativo atacado de inconstitucional en base a lo dispuesto en el art. 553 del Código Procesal Civil.- Que, el Artículo 553 del C.P.C., dispone que: "la interposición de la demanda no suspende los efectos de la ley, decreto, reglamento, acto normativo o disposición impugnada salvo cuando la Corte Suprema así lo dispusiere, a petición de parte, porque su cumplimiento podría ocasionar al reclamante un perjuicio irreparable. Dicha resolución se dictará de inmediato y sin substanciación".- Que, en estas condiciones y estando cumplidos los requisitos exigidos por el Art. 553 citado, procede hacer lugar a lo solicitado.- A su turno el Ministro Victor Ríos, dijo: Considero que en el presente caso no se evidencia peligro en la demora, ni que la aplicación de la norma atacada pueda ocasionar perjuicio irreparable al accionante. Por lo que no estando cumplidos los requisitos exigidos en el Artículo 553 del C.P.C., voto por el rechazo de la medida solicitada. ES MI VOTO. . A su turno el Ministro Gustavo Santander, dijo: En relación al presente caso, y, habiendo emitido mi voto por el rechazo in limine de la mencionada acción de inconstitucionalidad, considero que no corresponde hacer lugar a la medida de suspensión de efectos solicitada. ES MI VOTO Por tanto, la; CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CONSTITUCIONAL RESUELVE: ODER NO HACER LUGAR a la suspensión de efectos del 1 de la Ley N° 4252/2010 que modifica los artículos 3°, 9° y 10° de la Ley N° 2345/03- De Reforma y ostenibilidad de la Caja Fiscal - Sistema de Jubilaciones y Pensiones del Sector úblico, en relación a al señor FRANCISCO FARIÑA SOSA, de conformidad a los SECRETARIA fundamentos expuestos en el exordio de esta resolución.- JUDICIAL I Ante mí: ANOTAR y notificar. Cesar X. Diesel Junghanns Ministro CSJ. Gustavo E. Santander Dans Ministro Dr. Victor Ríos Ojeda Ministro Afg. Julle C. Pavón Martinez Secretario
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