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CORTE SUPREMA DE JUSTICIA PODER ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD PROMOVIDA POR ABEL FAUSTINO AYALA CATTEBEKE C/ ART. 251 DE LA LEY E ORGANIZACIÓN ADMINISTRACION DEL AÑO 1909 LA LEY N° 700/96; ART. 1° DE LA LEY N° 3989/2010, MODIFICATORIA DE LOS ARTS. 16 INC. F)17 Y 143 DE LA LEY DE LA FUNCION PUBLICA. - EXPTE N° 223, ANO 2022. . 03 ESTALISTICA CIVIL A.I. N°: 170%. - 2 -10- 2024 Asunción, 1 de octubre de 2024. . = en VISTA la acción de inconstitucionalidad presentada por el señor ABEL FAUSTINO AYALA CATTEBEKE, por derecho propio y bajo patrocinio de Abogado, en contra del ART. 251 DE LA "LEY E ORGANIZACIÓN ADMINISTRACION DEL AÑO 1909 LA LEY N° 700/96; ART. 1° DE LA 91 LEY Nº 3989/2010, MODIFICATORIA DE LOS ARTS. 16 INC. F)17 Y 143 DE LA LEY DE LA FUNCIÓN PUBLICA CONSIDERANDO: Que, la parte actora alega que el acto normativo impugnado infringe las disposiciones contenidas en los artículos 46,47, 86, 88,101,103 y 109 de la Constitución Nacional. El artículo 550 del C.P.C. dispone: "Procedencia de la acción y juez competente. Toda persona lesionada en sus legitimos derechos por leyes, decretos, reglamentos, ordenanzas municipales, resoluciones u otros actos administrativos que infrinjan en su aplicación, los principi os o normas de la Constitución, tendrá facultad de promover ante la Corte Suprema de Justicia, la acción de inconstitucionalidad en el modo establecido por las disposiciones de este capitulo". El artículo 12 de la Ley 609/95 establece: "No se dará trámite a la acción de inconstitucionalidad en cuestiones no justiciables, ni a la demanda que no precise la norma constitucional afectada, ni justifique la lesión concreta que le ocasiona la ley, acto normativo, sentencia definitiva o interlocutoria"............... La Acordada N° 979 de fecha 04 de agosto de 2015 establece en su artículo 2 "Disponer que tanto el tramite como el rechazo in límite de las acciones de inconstitucionalidad serán suscriptos por los Ministros de la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, emitiendo su opinión en cada caso en particular. ........ Analizado el escrito de presentación se constata que la parte accionante ha indicado concretamente el agravio, como también ha citado las normas que considera vulneradas, exponiendo con claridad y precisión su planteamiento, razones por las que corresponde dar trámite a la acción de inconstitucionalidad y correr vista a la Fiscalía General del Estado, de conformidad con el artículo 554 del C.P.C. ......- POR TANTO, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CONSTITUCIONAL RESUELVE: TENER por presentada al recurrente en el carácter invocado y por constituido su domicilio en el lugar indicado. -... ORDENAR la agregación de las instrumentales presentadas DAR TRÁMITE a la acción presentada por el por el señor ABEL FAUSTINO AYALA CATTEBEKE, por derecho propio y bajo patrocinio de Abogado, en contra del ART. 251 DE LA LEY E ORGANIZACIÓN ADMINISTRACION DEL AÑO 1909 LA LEY N° 700/96; ART. 1° DE LA LEY N° 3989/2010, MODIFICATORIA DE LOS ARTS. 16 INC. F)17 Y 143 DE LA LEY DE LA CIAL CORRER vista a la Fiscalia General del Estado FIJAR días de notificación en Secretaria lo a lo dispuesto en el Art. 131 del C.P Q ANOTAR y registrar. - mí: martes y jueves de cada semana, de conformidad Cesar M. Diesel Junghanns Ministro CSJ. sustavo E. Santander Dans Ministro SECRETARIA JUDICIAL I Dr. Victor Ríos Ojeda Ministro Abg. Julio C. Pavón Martinez Secretario
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