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CORTE SUPREMA DE USTICIA EXPEDIENTE: "R.H.P. DEL ABOG. GUSTAVO GONZALEZ EN LOS AUTOS CARATULADOS: MARIA M. HYLER M. Y OTRA C/ LUZ E. NUÑEZ DE OCAMPO S/ JUICIO ORDINARIO/ DECLARAC. DE DESCONOC. DE DEUDA" el lilite ESTADISTICA CIAL 19s A.I. N°... 830 Asunción, 21 de octubre del 2.024.- las constancias del Juicio y del informe de la advierte que Mario Milciades Hyler Mancuello y María Marguerite Hyler Mancuello, fueron notificados de la providencia de fecha 27 de Mayo de 2.024, en fecha 23 de Agosto del 2024, conforme a la Cédula de notificación que obra a f. 26. En el expediente no existe constancia que los citados se hayan presentado a contestar el traslado corrídoles, habiendo vencido el plazo procesal que tenían para hacerlo, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 437 del Código Procesal Civil. Corresponde, pues, dar por decaído el Derecho que han dejado de usar Mario Milciades Hyler Mancuello y María Marguerite Hyler Mancuello para contestar el traslado corrídoles y llamar autos para Resolver. Por tanto, la Excelentísima; CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CIVIL Y COMERCIAL RESUELVE: POR DECAÍDO el Derecho que han dejado de usar Mario Milciades Hyler Mancuello y María Marguerite Hyler Mancuello, para contestar el traslado corrídoles. AUTOS para Resolver. registrar y notificar. i Alberto Martinez Simon Ministro Eugenio Jiménez R Ministro WDuC Abg. Maria Rita Meager Dos Sapt Secretaria PERPERAN
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