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CORTE SUPREMA DE JUSTICIA 02 00 ESTAD'S 03 04 105, 2024 ACCION DE INCONSTITUCIONALIDAD PROMOVIDA POR KAREM PATRICIA SERAFINI AUGSTEN C/ LEY N° 5033/13, DE LA LEY N° 6355/19 Y DE LA RESOLUCION CGR N° 1003 DE FECHA 27/12/2013.- N° 1506/22. .I.N°:..... 160- Asunción, 23 de Septimbre de 2024. de inconstitucionalidad presentada por la Sra. PATRICIA SERAFINI AUGSTEN, por derecho propio y bajo patrocinio de abogado, contra 5033/13, de la Ley N° 6355/19 y de la Resolución CRG N° 1003 de fecha CONSIDERANDO: Que, en el citado escrito se solicita la declaración de inconstitucionalidad de la Ley 5033/13, de la Ley N° 6355/19 y de la 27/12/2013. Que, resulta relevante a los efectos de la declaración de inconstitucionalidad de una norma que el agravio sea contemporáneo tanto al momento de la impugnación como su resolución. En tal sentido, cabe señalar que el acto normativo fue objeto de modificación en lo que respecta a la Ley N° 5033/13, fue objeto de modificación según surge de la Ley N° 6919/2022 de fecha 18 de julio de 2022, de la Ley N° 6355/19 y de la Resolución CRG N° 1003 de fecha 27/12/2013" con lo cual, habiendo desaparecido del sistema la norma impugnada de inconstitucional, el agravio deja de ser actual y la controversia ya no existe...... En atención a lo expuesto precedentemente, deviene inoficioso el estudio la acción de inconstitucionalidad presentada por la Sra. KAREM PATRICIA SERAFINI AUGSTEN, por derecho propio y bajo patrocinio de abogado, contra Ley N° 5033/13, de la Ley N° 6355/19 y de la Resolución CRG N° 1003 de fecha 27/12/2013.- POR TANTO, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CONSTITUCIONAL DECLARAR INOFICIOSO el estudio de la acción de inconstitucionalidad presentada por la Sra. KAREM PATRICIA SERAFINI AUGSTEN, por derecho propio y bajo patrocinio de abogado, contra Ley N° 5033/13, de la Ley N° 6355/19 y de la Resolución CRG N° 1003 de fecha 27/12/2013. ARCHIVAR estos autos una vez firme esta resolución NOTIFICAR por cédula. Ante mi. Gustavo E. Santander Ministro Cesar M. Diesel Junghanns Ministro CSJ. Dr. Víctor Ríos Ojeda Ministro 8 SECRETARIA JUDICIAL
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