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CORTE SUPREMA DEJUSTICIA 2g ACCION DE INCONSTITUCIONALIDAD PROMOVIDA POR J.A. & M. SOCIEDAD ANONIMA DE INMUEBLES (J.A. & M. S.A.) Y OTROS C/ LEY N° 6355 "QUE MODIFICA LOS ARTS. 1º,3º, 4º, 7º, 13º, Y 21° DE LA LEY N° 5033/13 "QUE REGLAMENTA EL ART. 104 DE LA CONSTITUCION NACIONAL, DE LA DECLARACION JURADA DE BIENES Y RENTAS, ACTIVOS Y PASIVOS DE LOS FUNCIONARIOS PUBLICOS Y AMPLIA LAS DISPOSICIONES DE LA LEY N° 2051/03, SUS MODIFICACIONES Y NORMAS RESPALDATORIAS" N° 257 - AÑO 2022. - 22/25 2t ESTADSICA CIVI 106 102 A.I. N°........ ^S82 509-2024 Asunción, 19 de Septiembre de 2024- 2° lo VISTA Sa acción de inconstitucionalidad presentada por el Abg. José Antonio Moren a Ruftinelli, en nombre y representación de J.A. & M. Sociedad Anónima de Inmuebles (J.A.& M.S.A.), /S Clara Beatriz Vago de Amarilla, José María Amarilla Vago, Juan Pablo Amarilia Vago, María Gabriela Amarilla Vago, María Cecilia Amarilla Vago, y; CONSIDERANDO: Que, en el citado escrito se solicita la declaración de inconstitucionalidad del artículo 1 de la Ley N° 6355/19 "QUE MODF. LOS ARTS. 1°, 3°, 4°, 7°, 13 Y 21 DE LA LEY N° 5033/13 "QUE REGLAMENTA EL ART. 104 DE LA CONSTITUCIÓN NACIONAL, DE LA DECLARACIÓN DE BIENES Y RENTAS, ACTIVOS Y PASIVOS DE LOS FUNCIONARIOS PÚBLICOS Y AMPLÍA LAS DISPOSICIONES DE LA LEY N° 2051/03, SUS MODE. Y NORMAS RESPALDATORIAS". - Que, resulta relevante a los efectos de la declaración de inconstitucionalidad de una norma, que el agravio sea contemporáneo tanto al momento de la impugnación como de su resolución. En tal sentid o, cabe señalar que el artículo 1 de la Ley N° 6355/19, fue objeto de modificación según surge de la Le y N° 6919/2022 de fecha 18 de julio de 2022 "QUE MODIFICA VARIOS ARTÍCULOS DE LA LEY N° 5033. QUE REGLAMENTA EL ARTICULO 104 DE LA CONSTITUCIÓN NACIONAL, DE LA DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y RENTAS, ACTIVOS Y PASIVOS DE LOS FUNCIONARIOS PÚBLICOS. Y DEROGA LA LEY N° 6355/2019", con lo cual, habiendo desaparecido del sistema la norma impugnada de inconstitucional, el agravio deja de ser actual y la controversia ya no existe. En atención a lo expuesto precedentemente, deviene inoficioso el estudio de la acción de inconstitucionalidad presentada por el Abg. José Antonio Moreno Ruffinelli, en nombre y representación de J.A. & M. Sociedad Anónima de Inmueble (J.A.&M.S.A.), Clara Beatriz Vago de Amarilla, José María Amarilla Vago, Juan Pablo Amarilla Vago, María Gabriela Amarilla Vago, María Cecilia Amarilla Vago, por haber desaparecido la causa que la motivó. POR TANTO, la zg CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CONSTITUCIONAL RESUELVE: DECLARAR INOFICIOSO el estudio de la acción de inconstitucionalidad presentada por el Abg. José Antonio Moreno Ruffinelli, en nombre y representación de J.A. & M. Sociedad Anónima de Inmueble (J.A.&M.S.A.), Clara Beatriz Vago de Amarilla, José María Amarilla Vago, Juan Pablo Amarilla Vago, María Gabriela Amarilla Vago, María Cecilia Amarilla Vago, contra el artículo 1 de la Ley N° 6355/19 "QUE MODF. LOS ARTS. 1º, 3º, 4°, 7º, 13 Y 21 DE LA LEY N° 5033/13 "QUE REGLAMENTA EL ART. 104 DE LA CONSTITUCIÓN NACIONAL, DE LA DECLARACIÓN DE BIENES Y RENTAS, ACTIVOS Y PASIVOS DE LOS FUNCIONARIOS PÚBLICOS Y AMPLÍA LAS DISPOSICIONES DE LA LEY N° 2051/03, SUS MODE. Y NORMAS RESPALDATORIAS", conforme lo expuesto en el considerando de la presente resolución. ARCHIVAR estos autos una vez firme esta resolución NOTIFICAR por cedula. Ante mí: Gustavo E. Santander Dans Ministro Dr. Víctor Rius Ojeda Ministro SECRETARIA JUDICIALI PENT
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