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CORTE SUPREMA DE JUSTICIA ACCION DE INCONSTITUCIONALIDAD PROMOVIDA POR SEBASTIAN FERNANDO CABELLO MANEVY Y OTROS C/ LEY N° 6355 "QUE MODIFICA LOS ARTS. 1°, 3°, 4°, 7°, 13° Y 21° DE LA LEY N° 5033/13 "QUE REGLAMENTA EL ART. 104 DE LA CONSITUCION NACIONAL, DE LA DECLARACION JURADA DE BIENES Y RENTAS ACTIVOS DE LOS FUNCIONARIOS PUBLICOS Y AMPLIA LAS DISPOSICIONES DE LA LEY N° 2051/03 SUS MODF Y NORMAS RESPALDATORIAS" N° 1550/2022.-...- 1591 -09-2024 Asunción, 19 de Septiembre de 2024.- acción de inconstitucionalidad presentada por la Abg. MARIA EUGENIA GALEANO, en fepresentación de la firma SA y los Sres. SEBASTIAN FERNANDO • CABELLO MANEVY y MARIA DEL MAR CABELLO MANEVY (Accionista de la firma 3 CCC SA.; y de los Sres.s ARMANDO ANASTACIO AMARILLA ROJAS, JUAN CARLOS RUGGIERI PIRIS DA "MOTTA, accionistas de la firma BARRAIL HERMANOS S.A., contra Ley N° 6355 "Que modifica los , 3°, 4°, 7°, 13º y 21° de la Ley N° 5033/13 "Que reglamenta el art. 104 de la Constitución Nacional, de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas Activos de los Funcionarios Públicos y amplia las disposiciones de la Ley N° 2051/03 sus modf y normas respaldatorias", y;- CONSIDERANDO: Que, en ei citado escrito se solicita la declaración de inconstitucionalidad de los artículos 1°, 2°, 4°, 7º 13° y 21° de la Ley 5033/13, Que reglamenta el art. 104 de la Constitución Nacional, de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas, Activos y Pasivos de los Funcionarios Públicos y amplia las disposiciones de la Ley N° 2051 sus modf y normas respaldatorias. Que, resulta relevante a los efectos de la declaración de inconstitucionalidad de una norma que el agravio sea contemporáneo tanto al momento de la impugnación como de su resolución. En tal sentido, cabe señalar que el Articulo 1, 2°, y 21 de la Ley N° fue objeto de modificación según surge de la Ley N° 6919/2022 de fecha 18 de julio de 2022 "Que modifica varios arts. de la Ley N° 5033/13, "Que reglamenta el art. 104 de la Constitución Nacional, de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas Activos de los Funcionarios Públicos y deroga la Ley N° 6355/19" con lo cual, habiendo desaparecido del sistema la norma impugnada de inconstitucional, el agravio deja de ser actual y la controversia ya no existe. . En atención a lo expuesto precedentemente, deviene inoficioso el estudio la acción de inconstitucionalidad por la Abg. MARIA EUGENIA GALEANO, en representación de la firma 3 CCC SA y los Sres. SEBASTIAN FERNANDO CABELLO MANEVY y MARIA DEL MAR CABELLO MANEVY (Accionista de la firma 3 CCC SA.; y de los Sres.: ARMANDO ANASTACIO AMARILLA ROJAS, JUAN CARLOS RUGGIERI PIRIS accionistas de la firma BARRAIL HERMANOS S.A., contra Ley N° 6355 "Que modifica los arts. 1°, 3°, 4°, 7°, 13° y 21° de la Ley N° 5033/13 "Que reglamenta el art. 104 de la Coristitución Nacional, de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas Activos de los Funcionarios Públicos y amplia las disposiciones de la Ley N° 2051/03 sus modf y normas respaldatorias. CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CONSTITUCIONAL DECLARAR INOFICIOSO el estudio de la acción de inconstitucionalidad presentada por MARIA EUGENIA GALEANO, en representación de la firma 3 CCC SA y los Sres. SEBASTIAN FERNANDO CABELLO MANEVY y MARIA DEL MAR CABELLO MANEVY (Accionista de la firma 3 CCC SA.; y de los Sres.: ARMANDO ANASTACIO AMARILLA ROJAS, JUAN-CARLOS RUGGIERI PIRIS DA MOTTA, accionistas de la firma BARRAIL HERMANOS S.A., contra Ley N° 6355 "Que modifica los arts. 1°, 3°, 4°, 7°, 13° y 21º de la Ley N° 5033/13 "Que reglamenta art. 104 de la Constitución Nacional, de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas Activos de los Funcionarios Públicos y amplia las disposiciones de la Ley N° 2051/03 sus modí y normas respaldatorias. ARCHIVAR estos autos un vez firme esta resolución NOTIFICAR por cédula. ANOTAR y registra Ante mi: Dr. Víctor Ríos Ojeda SODICTAL Ministro Abg. Julio C. Pavón Martinez Secretario JUDICIAL I coor
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