Contenido completo: 107711.pdf
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA 03 04 05 ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD PROMOVIDA POR "HUGO CESAR ROMERO FERNANDEZ C/ INC. A) DEL ART. 1 NUMERAL 2 DE LA LEY 6355/2019" N° 2664/20. AI. N° 1576 Asunción, 19 de Sep tientre de 2024.- VISTA: la acción de inconstitucionalidad presentada por el Señor Hugo Césàr Romero Fernández, por derecho propio y bajo patrocinio de Abogado Nery Oscar Duarte, Y; CONSIDERANDO: Que, en el citado escrito se solicita la declaración de inconstitucionalidad de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas, Activos y Pasivos, de la Ley N° 6355 inc. A numeral 2, de la Contraloría General de la República. - Que, resulta relevante a los inconstitucionalidad de una norma, que el agravio sea contemporáneo tanto al momento de la impugnación como de su resolución. En tal sentido, cabe señalar que el artículo 1, numeral 2, inciso a), 13 y 21 de la Ley N° 6355/19, fue objeto de modificación según surge de la Ley N° 6919/2022 de fecha 18 de julio de 2022 "Que modifica varios Artículos de la Ley N° 5033. Que reglamenta el Articulo 104 de la Constitución Nacional, de la Declaración Jurada de Bienes y, Rentas, Activos y Pasivos de los Funcionarios Públicos. Y deroga la Ley N° 6355/2019", con lo cual, habiendo desaparecido del sistema la norma impugnada de inconstitucional, el agravio deja de ser actual y la controversia ya no existe. En atención a lo expuesto precedentemente, deviene inoficioso el estudio de la acción de inconstitucionalidad promovida por el Señor Hugo César Romero Fernández, por derecho propio y bajo patrocinio de Abogado Nery Oscar Duarte, por haber desaparecido la causa que la motivó. POR TANTO, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CONSTITUCIONAL RESUELVE: DECLARAR INOFICIOSO el estudio de la acción de inconstitucionalidad presentada por el Señor Hugo César Romero Fernández, por derecho propio y bajo patrocinio de Abogado Nery Oscar Duarte, contra la Declaración Jurada de Bienes y Rentas, Activos y Pasivos, de la Ley N° 6355 inc. A numeral 2, de la Contraloría General de la República. ARCHIVAR estos autos una vez firme esta resolución Gustavo E. Santander Dans Ministro e JUDICIAL Dr. Victor Rins Ojeda Ministro SECRETARIA O • JUDICIAL I SUPREMA
← Volver a los resultados