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CORTE SUPREMA DE USTICIA ACCION DE INCONSTITUCIONALIDAD PROMOVIDA POR FUNDACION PARAGUAYA DE COOPERACION Y DESARROLLO Y OTROS C/ LEY N° 6355 "QUE MODIFICA LOS ARTS. 1°, 3°, 4°, 7°, 13° Y 21° DE LA LEY N° 5033/2013, "QUE REGLAMENTA EL ART. 104 DE LA CONSTITUCION NACIONAL, DE LA DECLARACION JURADA DE BIENES Y RENTAS ACTIVOS Y PASIVOS DE LOS FUNCIONARIOS PUBLICOS Y AMPLIA LAS DISPOSICIONES DE LA LEY 2051/03 SUS MOD Y NORMAS RESPALDATORIAS" N° 2421/2020. 1575 A.I.N°:... 2024 E8 Asunción, 19 de Septiembre de 2024 - 2 0 •VISTA: la acción de inconstitucionalidad presentada por el Abg. BENJAMIN MARTINEZ CROSTA, en representación de la firma FUNDACION PARAGUAYA DE 'COOPERACION Y DESARROLLO y de los señores MARTIN BURT ARTAZA, GUILLERMO FRANCISCO PERONI CASAL RIBEIRO, ANTONIO MANUEL ESPINOZA LEES, PASCUAL 91 L S¡ RUBIANI YANHO , MARGARITA MARIA JOSEFINA ROBINSON DE KELLY, ALVARO CABALLERO CARRIZOSA, YAN ARTEMIO SPERANZA GONZALEZ, RUBEN FADLALA, MARTA INES DE AGUIRRE DE LANE, GABRIEL COSP, PAULA BURT, GUIDO BRITEZ, CATHERINE KELLY, MATIAS ORDEIX, DANIEL OSVALDO ELICETHE, LUIS FERNANDO SANABIRA DENDIA y bajo patrocinio de Abogado, en contra de la Ley N° 6355 "Que modifica los arts. 1°, 3º, 4°, 7°, 13° y 21° de la Ley N° 5033/2013, "Que reglamenta el art. 104 de la Constitución Nacional, de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas Activos y Pasivos de los Funcionarios Públicos y amplia las disposiciones de la Ley 2051/03 sus mod y normas respaldatorias", y; CONSIDERANDO: Que, en el citado escrito se solicita la declaración de inconstitucionalidad de los artículos 1°, 3°, 4°, 7°, 13° y 21° de la Ley N° 5033/2013, "Que reglamenta , el art. 104 de la Constitución Nacional, de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas Activos y Pasivos de los Funcionarios Públicos y amplia las disposiciones de la Ley 2051/03, sus mod y normas respaldatorias. Que, resulta relevante a los efectos de la declaración de inconstitucionalidad de una norma que el agravio sea contemporaneo tanto al momento de la impugnación como de su resolución. En tal sentido, cabe señalar que el Articulo 1°, 3°, 4°, 7°, 13° y 21º de la Ley N° 5033/2013, fue objeto de modificación según surge de la Ley N° 6919/2022 de fecha 18 de julio de 2022 "Que reglamenta el art. 104 de la Rentas, Actos y Pasivos de los Funcionarios Públicos y amplia las disposiciones de la Ley N° 2051/03, sus modificaciones у normas respaldatorias" con lo cual, habiendo desaparecido del sistema la norma impugnada de inconstitucional, el agravio deja de ser actual y la controversia ya no existe.-..- En atención a lo expuesto precedentemente, deviene inoficioso el estudio la acción de BENJAMIN MARTINEZ CROSTA, representación de la firma FUNDACION PARAGUAYA DE COOPERACION Y DESARROLLO y de los señores MARTIN BURT ARTAZA, GUILLERMO FRANCISCO PERONI CASAL RIBEIRO, ANTONIO MANUEL ESPINOZA LEES, PASCUAL RUBIANI YANHO , MARGARITA MARIA JOSEFINA ROBINSON DE KELLY, ALVARO CABALLERO CARRIZOSA, YAN ARTEMIO SPERANZA GONZALEZ, RUBEN FADLALA, MARTA INES DE AGUIRRE DE LANE, GABRIEL COSP, PAULA BURT, GUIDO BRITEZ, CATHERINE KELLY, MATIAS ORDEIX, DANIEL OSVALDO ELICETHE, LUIS FERNANDO SANABIRA DENDIA у bajo patrocinio de Abogado, en contra de la Ley N° 6355 "Que modifica los arts. 1°, 3°, 4°, 7°, 13° y 21° de la Ley N° "Que reglamenta el art. 104 de la Constitución Nacional, de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas Activos y Pasivos de los Funcionarios Públicos y amplia las disposiciones de la Ley 2051/03 sus mod y normas respaldatorias.- POR TANTO, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CONSTITUCIONAL DECLARAR INOFICIOSO el estudio de la acción de inconstitucionalidad presentada por el Abg. BENJAMIN MARTINEZ CROSTA, en representación de la firma FUNDACION PARAGUAYA DE COOPERACION Y DESARROLLO у de los señores MARTIN BURT ARTAZA, GUILLERMO FRANCISCO PERONI CASAL RIBEIRO, ANTONIO MANUEL ESPINOZA LEES, PASCUAL RUBIANI YANHO , MARGARITA MARIA JOSEFINA ROBINSON DE KELLY, ALVARO CABALLERO CARRIZOSA, YAN ARTEMIO SPERANZA GONZALEZ, RUBEN FADLALA, MARTA INES DE AGUIRRE DE LANE, GABRIEL COSP, PAULA BURT, GUIDO BRITEZ, CATHERINE KELLY, MATIAS ORDEIX, DANIEL OSVALDO ELICETHE, LUIS FERNANDO SANABIRA DENDIA y bajo patrocinio de Abogado, en contra de la Ley N° 6355 "Que modifica los arts. 1°, 3°, 4°, 7°, 13° y 21° de la Ley N° 5033/2013, "Que reglamenta el art. 104 de la Constitución Nacional, de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas Activos y Pasivos de los Funcionarios Públicos y amplia las disposiciones de la Ley 2051/03 sus mod ARCHIVAR estos autos una vez firme esta resolución NOTIFICAR por cédula. ANOTAR y registra Gustavo E. Santander Đân Ministro Dr. Víctor Ríos Ojeda Ministro JUDICIAL I
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