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CORTE SUPREMA DE USTICIA 01 02 ACCION DE INCONSTITUCIONALIDAD PROMOVIDA POR SYS & CON S.A. Y OTROS C/ LEY N° 6355, EN ESPECIAL SU ART. 1°, QUE MODIFICA LOS ARTS. 1°, 3°, 4°, 7°, 13 Y 21 DE LA LEY N° 5033/13 "QUE REGLAMENTA EL ART. Nº104 DE LA CONSTITUCION NACIONAL, DE LA DECLARACION JURADA DE BIENES Y RENTAS ACTIVOS PASIVOS DE LOS 104 05 FUNCIONARIOS PUBLICOS" N° 2581/2020.-.... AIN: 15 73. 2024 E8 Asunción, 19 de Septenbre de 2024.- de inconstitucionalidad presentada por los Abogados CRISTALDO KEGLER y FERNANDO MARTIN YEGROS, en representación de SYS y CON de los señores OSCAR JAVIER CESPEDES IRRAZABAL Y HUMBERTO SIMON ANGENNO FURIASSE, por sus propios derechos accionistas y directores de la citada firma, incontra Ley N° 6355, en especial su art los arts. 1°, 3°, 4°, 7°, 13 y 21 "de la Ley N° 5033/13 "Que reglamenta el art. N° 104 de la Constitución Nacional, de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas Activos y Pasivos de los Funcionarios Públicos y amplia las disposiciones de la Ley N° 2051/03, sus modificaciones y normas respaldatorias" CONSIDERANDO: Que, en el citado escrito se solicita la declaración de inconstitucionalidad de la Ley N° 6355, en especial su art. 1°, que modifica los arts. 7°, 13 y 21 de la Ley N° 5033/13 "Que reglamenta el art. N° 104 de la Constitución Nacional, de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas Activos y Pasivos de los Funcionarios Públicos y amplia las disposiciones de la Ley N° 2051/03, sus modificaciones y normas respaldatorias.-. Que, resulta relevante a los efectos de la declaración de inconstitucionalidad de una norma que el agravio sea contemporáneo tanto al momento de la impugnación como de su resolución. En tal sentido, cabe señalar que la Ley N° 6355, en especial modifica los arts. 1°, 3°, 4°, 7°, 13 y 21 de la Ley N° 5033/13 "Que reglamenta el art. N° 104 de la Constitución Nacional, de la Declaración Jurada de Bienes у Rentas Activos у Pasivos de los Funcionarios Públicos" fue objeto de modificación según surge de la Ley N° 6919/2022 de 18 de julio de 2022, con lo cual, habiendo desaparecido del sistema la norma impugnada de inconstitucional, el agravio deja de ser actual y la controversia ya no existe.-.- En atención a lo expuesto precedentemente, deviene inoficioso el estudio la acción de inconstitucionalidad planteada por los Abogados LUIS CRISTALDO KEGLER y FERNANDO MARTIN YEGROS, en representación de SYS y CON S.A. y de los señores OSCAR JAVIER CESPEDES IRRAZABAL y HUMBERTO SIMON ANGELINO FURIASSE, por sus propios derechos accionistas y directores de la citada firma, en contra Ley N° 6355, en especial art. 1°, que modifica los arts. 1°, 3º, 4°, 7°, 13 y 21 de la Ley N° 5033/13 "Que reglamenta el art. N° 104 de la Constitución Nacional, de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas Activos y Pasivos de los Funcionarios Públicos y amplia las disposiciones de la Ley N° 2051/03, sus modificaciones y normas respaldatorias. POR TANTO, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CONSTITUCIONAL DECLARAR INOFICIOSO presentada por los Abogados LUIS CRISTALDO KEGLER y FERNANDO MARTIN YEGROS, en representación de SYS y CON S.A. y de los señores OSCAR JAVIER CESPEDES IRRAZABAL y HUMBERTO SIMON ANGELINO FURIASSE, por sus propios dereshos accionistas y directores de la citada firma, en contra Ley N° 6355, en especial su art. modifica los arts. 1°, 3°, 4°, 7°, 13 y 21 de la Ley N° 5033/13 "Que reglamenta el/art. N° 10- de la Constitución Nacional, de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas Activos y Pasivos de los Funcionarios Públicos y amplia las disposiciones de la Ley N° 2051/03, sus modificaciones y normas respaldatorias.-..- ARCHIVAR estos autos una vez firme esta resoluc NOTIFICAR por cédula. ANOTAR y registrar.- Ante mí: Gustavot. Minis Cesar M. Diesel Junghanns Ministro CSJ. SECRETARIA O / Dr. Víctor Ríos Ojeda JUDICIAL I Ministro vos Abg. Julio C. Pavón Martihez Secretario
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