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CERUBLICA Tii20/ 121/22 CORTE SUPREMA DEJUSTICIA JUICIO: "R.H.P. EN SEGUNDA INSTANCIA DE LA ABG. ZUNILDA BENAVENTE EN: MIRIAN CATALINA ROMAN C/ RUMBOS S.A. DE SEGUROS S/ INDEMNIZACIÓN DE DAÑOS Y PERJUICIOS". - A.I. Nº 778 ESTODISTICA CU 23-09-2024/IS103 Falta Asunción, 20 de sotiembre del 2.024. - Estos autos; y SIDERANDO: Nº 670, del 30 de Diciembre del 2.022 el Tribunal de 10 Civil y Comercial, Segunda Sala, Circunscripción (afatal Alto Paraná, resolvió conceder los Recursos de Apelación y Nulidad interpuestos por Mirian Catalina Román, contra el A.I. N° 361, con fecha 15 de Julio del 2.022. De las constancias del Juicio y del informe de la Secretaria Judicial se advierten que Mirian Catalina Román fue notificada de la Providencia con fecha 17 de Julio del 2.024, conforme a Cédula de notificación fechada el 29 de Agosto del 2.024, obrante a f. 32. En el expediente no existe constancia que la citada parte se haya presentado a fundamentar sus Recursos, estando a la fecha vencido el plazo para hacerlo.-. Corresponde, pues, declarar desiertos los Recursos de Apelación y Nulidad interpuestos por Mirian Catalina Román e imponer las Costas a la apelante, conforme lo dispone el Artículo 203, inciso el del Código Procesal Civil. POR TANTO, la Excelentísima; CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CIVIL Y COMERCIAL RESUELVE: DECLARAR DESIERTOS los Recursos de Apelación y Nulidad interpuestos por Mirian Catalina Román, contra el A.I. N° 361 con fecha de Julio del 2.022, dictado por el Tribunal de Apelación en 1o Civil y Comercial Segunda Sala, Circunscripción Judicial Alto Paraná. f IMPONER Cos tas a la apelante. ростої ANOTAR gistrar notificar. Algerto Martinez Simon Cesar Antorio Jaragministre Eugenio Jiménez R Ministro DEP . María Rita Monges Dos Santos Secretaria Segunda: sobreesento; setundu. vule Aho. María Rita Monges Dos Santos Secretaria SECRETAR SUPREMA JUSTICIA
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