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CORTE SUPREMA DE JUSTICIA ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD: "PROMOVIDA POR GREGORIA RUIZ DE ZARATE C/ ART. 1° DE LA LEY N° 3542/08, " QUE MODIFICA Y AMPLIA LA LEY N° 2345/03 DE REFORMA Y SOSTENIBILIDAD DE LA CAJA FISCAL SISTEMA DE JUBILACIONES Y PENSIONES DEL SECTOR PUBLICO".N° 1887/2022.~ 103) RECI Los 05/ 1552 A.I.N.:............... ESTADIST 2024 07 Asunción, 17 de Septiembre de 2024.- 9 VISTA: la acción de inconstitucionalidad presentada por la Sra. GREGORIA RUIZ DE • ZARATE, por derecho propio y bajo patrocinio de Abogado, contra Art. 1° de la Ley N° 3542/08, 9, Que Modifica y amplia La Ley N° 2345/03 Que modifica y amplia la Ley N° 2345/03 de Reforma y Sostenibilidad de la Caja Fiscal Sistema de Jubilaciones y Pensiones del Sector Público" У; CONSIDERANDO: Que, la parte accior ante refiere que el acto normativo impugnado es inconstitucional, porque viola los artículos 14, 46, 103 y 137 de la Constitución Nacional. Que, el artículo 550 del C.P.C. dispone: "Procedencia de la acción y juez competente. Toda persona lesionada en sus legítimos d'erechos por leyes, decretos, reglamentos, ordenanzas municipales, resol uciones u otros actos administrativos que infrinjan en su aplicación, los principio; o normas de la Constitu ción, tendrá facultad de promover ante la Corte Suprema de Justicia, la acción de inconstitucionalidad en el modo establecido por las di: posiciones de este capítulo". Que, el artículo 2 de la Ley 609/95 establece: "No se dará trámite a la acción de inconstitucionalidad en cuestiones no justiciables, ni a la demanda que no precise la norma constitu cional afectada, ni justifique la lesión concreta que le ocasiona la ley, acto normativo, sentencia definit iva o interlocutoria" Que, la Acordada N° 979 de fecha 04 de agosto de 2015 establece en su artículo 2 "Disponer que tanto el tramite como el rechazo in límine de las acciones de inconstitucionalidad serán suscriptos por los Ministros de la Sala Constilucional de la Corte Suprema de Justicia, emitiendo su opinión en cada ca so en particular". Que, analizado el escrito de presentación se constata que la parte accionante ha justificado concretamente la lesión constitucional alegada como también ha citado las normas que considera vulne radas, exponiendo con claridad y precisión su planteamiento, razones por las que corresponde dar trámite a la acción de inconstitucionalidad y correr vista a la Fiscalía General del Estado de conformidad con el artículo 554 del C.P.C. POR TANTO, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CONSTITUCIONAL RESUELVE: TENER por presentado al recumente en el carácter invocado y tener por constituido su domicilio en el lugar señalado.- ORDENAR la agregación de las instrumentales presentadas. DAR TRAMITE a la acción presentada por la Sra, GREGORIA RUIZ DE ZARATE, por derecho propio y bajo patrocinio de Abogado, contra Art. I° de la Ley N° 3542/08, " Que modifica y amplia la Ley N° 2345/03 "Que modifica y amplia la Ley N° 2345/03 Que modifica y amplia la Ley N° 2345/03 de Reforma y Sostenibilidad de la Caja Fiscal Sistema de Jubilaciones y Pensiones del Sector Público" CORRER Vista a la Fiscalía General del Estado. FIJAR días de notificación en Secretaria los martes y jueves de cada semana, de conformidad a lo dispuesto en el at. 131 del C.P.C ANOTAR y registpar.- Ante mí: Cesar M. Diesel Junghanns Ministro CSJ. Gustavo E. Santander Dans Ministro Abg. Julio C. Pavón Martinez Seriario Dr. Víctor Ríos Ojeda Ministro SECRETARIA JUDICIAL I
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