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ESTAD CORTE SUPREMA DEJUSTICIA ACCION DE INCONSTITUCIONALIDAD PROMOVIDA POR AGROINDUSTRIAL YACAREY S.A.C.I. Y OTROS C/ ARTS. 1°, NUMERAL 2° INCISO A), 13° Y 21° DE LA LEY N° 6355 "QUE MODF. LOS ARTS. 1°, 2°, 3°, 4°, 7°, 13°, Y 21° DE LA LEY N° 5033/13 "QUE REGLAMENTA EL ART. 104 DE LA CONSTITUCION NACIONAL DE LA DECLARACION JURADA DE BIENES Y RENTAS ACTIVOS DE LOS FUNCIONARIOS PUBLICOS Y AMPLIA LAS DISPOSICIONES DE LA LEY N° 2051/03 SUS MODF Y NORMAS RESPALDATORIAS" N° 324/2021. .- 105 TICA CIVIL 202k A.I.N°:....... A459 Asunción, 10 de Septiembre de 2024 - VISTA la acción de inconstitucionalidad presentada por el Abg. PAULO RODRIGUEZ DA SILVA AYALA, en nombre y representación de las personas fiscas y jurídicas: AGROINDUSTRIAL YACAREY SACI, JORGE JURE YUNIS, RAMONA CONCEPCION VALLEJOS DE JURE, JORGE SALOMON/JURE VALLEJOS, LUIS NASSER JURE VALLEJOS, ELIAS NAYIB JURE VALLEJOS, SOFIA JAZMIN DE MARIA JURE VALLEJOS Y MARIA DEL CARMEN JURE DE POSPISCHILL, contra artículos 1°, numeral 2º inciso a), 13° y 21° de la Ley N° 6355 "Que modf. los arts. 1°, 2°, 3°, 4°, 7°, 13° y 21° de la Ley N° 5033/13 "Que reglamenta el art. 104 de la Constitución Nacional de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas activos de los Funcionarios Públicos y amplia las disposiciones de la Ley N° 2051/03, sus modf y normas respaldatorias", y;- Que, en el citado escrito se solicita la declaración de inconstitucionalidad de los artículos 1°, numeral 2º inciso a), 13° y 21° de la ley N° 6355 "Que modf. los arts. 1°, 2°, 3°, 4°, 7°, 13°, y 21° de la Ley N° 5033/13 "Que reglamenta el art. 104 de la Constitución Nacional de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas activos de los Funcionarios Públicos y amplia las disposiciones de la Ley N° 2051/03 sus modf y normas respaldatorias.- Que, resulta relevante a los efectos de la declaración de inconstitucionalidad de una norma que el agravio sea contemporáneo tanto al momento de la impugnación como de su resolución. En tal sentido, cabe señalar que el Articulo 1°, numeral 2° inciso a), 13° y 21° de la ley N° 6355 "Que modf. los arts. 1°, 2°, 3°, 4°, 7°, 13°, y 21° de la Ley N° 5033/13, fue objeto de modificación según surge de la Ley N° 6919/2022 de fecha 18 de julio de 2022 reglamenta el art. 104 de la Constitución Nacional de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas activos de los Funcionarios Públicos y amplia las disposiciones de la Ley N° 2051/03 sus modf y normas respaldatorias" con lo cual, habiendo desaparecido del sistema la norma impugnada de inconstitucional, el agravio deja de ser actual y la controversia ya no existe.-.......... En atención a lo expuesto precedentemente, deviene inoficioso el estudio de la acción de inconstitucionalidad presentada por el Abg. PAULO RODRIGUEZ DA SILVA AYALA, en nombre y representación de las personas fiscas y jurídicas: AGROINDUSTRIAL YACAREY SACI, JORGE JURE YUNIS, RAMONA CONCEPCION VALLEJOS DE JURE, JORGE SALOMON JURE VALLEJOS, LÚIS NASSER JURE VALLEJOS, ELIAS NAYIB JURE VALLEJOS, SOFIA JAZMIN DE MARIA JURE VALLEJOS Y MARIA DEL CARMEN JURE DE POSPISCHILL, contra artículos 1°, numeral 2º inciso a), 13° y 21° de la Ley N° 6355 "Que modf. los arts. 1°, 2°, 3°, 4°, 7°, 13° y 21° de la Ley N° 5033/13 "Que reglamenta el art. 104 de la Constitución Nacional de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas activos de los Funcionarios Públicos y amplia las disposiciones de la Ley N° 2051/03, sus modf y normas respaldatorias. CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CONSTITUCIONAL DECLARAR INOFICIOSO el estudio de la acción de inconstitucionalidad presentada por el Abg. PAULO RODRIGUEZ DA SILVA AYALA, en nombre y representación de las personas AGROINDUSTRIAL YACAREY SACI, JORGE JURE YUNIS, CONCEPCION VALLEJOS DE JURE, JORGE SALOMON JURE VALLEJOS, LUIS NASSER JURE VALLEJOS, ELIAS NAYIB JURE VALLEJOS, SOFIA JAZMIN DE MARIA JURE VALLEJOS Y MARTA DEL CARMEN JURE DE POSPISCHILL, contra artículos 1°, numeral 2º inciso a), 13° y 219 de la Ley N° 6355 "Que modf. los arts. 1°, 2°, 3°, 4°, 7°, 13° y 21° de la Ley N° 5033/\3 Que reglamenta el art. 104 de la Constitución Nacional de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas activos de los Funcionarios Públicos y amplia las disposiciones de la Ley N° 2051/03, sus modi y normas respaldatorias.-.... ACIR es autos una vez, fire esta resolución NOTIFICAR por cédula. ANOTAR y registrar.- Ante mi Gustavo E. Santander Dam Ministro C. Pavón Martinez Secretario Cesar M. Diesel Junghanns Ministro CSJ. LO SECRETARIA E 2 JUDICIAL I Dr. Víctor Ríos Ojeda Ministro
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