Contenido completo: 107637.pdf
DEC CORN SUPREMA CAUSTICIA ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD PROMOVIDA POR ELSA SANABRIA DE CANO C/ ART. 251 DE LA LEY DE ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA DEL ESTADO DE 1909, MODIFICADO POR LA LEY N° 6831/2021, ASI COMO CONTRA LOS ARTS. 16 INC. F) 17 Y 143 DE LA LEY N° 1626/2000% DE LA FUNCION PUBLICA". N° 213 AÑO 2024.-... ESTADISTICA РЕСБІ A.I. N°: 14S0 202h -09 Asunción, 09 de Septiembre de 2024 VISTAFIg acción de inconstitucionalidad presentada por la Señora ELSA SANABRIA DE CANO por dereche propio y bajo patrocinio de abogado, en contra de los ART. 16 INC. F), EL ART. 1007 Y ART. 143 LA LEY 1626/00 DE LA FUNCION PUBLICA, ART. 1 DE LA LEY N° 3989/10 QUE MODIFIÇA LOS ARTICULOS 16 Y 143 DE LA LEY N° 1626/00 DE LA FUNCION PUBLICA, y el ART.-1 DE LA LEY N° 6834 DEL 19 DE AGOSTO DE 2021, QUE MODIFICA EL ART. 251 DE LA LEY N° 22 DE ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA DEL ESTADO DEL 22 DE JUNIO DE 1909, EL ART. 40 INC. C) DE LA LEY N° 7228/23 "QUE APRUEBA EL PRESUESPUETO GENERAL DE GASTOS DE LA NACION PARA EL EJERCIO FISCAL 2024 Y EL ART. 321 DEL DTO. DEL PODER EJECUTIVO N° 1092/ 2024 "QUE REGLAMENTA LA LEY N° 7228/2023"; y CONSIDERANDO: Que, el accionante refiere que los actos normativos impugnados son inconstitucionales porque violan los artículos 46°, 47°, 86°, 88°, 101°, 103°, y 109° de la Constitución Nacional...... . El articulo 550 del C.P.C. dispone: *Procedencia de la acción y juez competente. Toda persona lesionada en sus legitimos derechos por leyes, decretos, reglamentos, ordenanzas municipales, resoluciones u otros actos administrativos que infrinjan en su aplicación, los principi os o normas de la Constitución, tendrá facultad de promover ante la Corte Suprema de Justicia, la acción de inconstitucionalidad en el modo estabiecido por las disposiciones de este capítulo". tb-ap,.4 articulo 12 de la ley 609/95 establece: "No se dará trámite a lassacción de inconstitucionalidad en cuestiones no justiciables, ni a la demanda que no precise la norma constitucional afectada, ni justifique la lestón concreta que le ocasiona la ley, acto normativo, sentencia definitiva o interlocutoria".-. La Acordada N° 979 de fecha 04 de agosto de 2015 establece en su articulo 2 "Disponer que tanto el tramite como el rechazo in límine de las acciones de inconstitucionalidad serán suscriptos por los Ministros de la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, emitiendo su opinión en cad a caso en particular".- Analizado el escrito de presentación se constata que la parte accionante ha indicado concretamente el agravio, como también ha citado las normas que considera vulneradas, exponiendo con claridad y precisión su planteamiento, razones por las que corresponde dar trámite a la acción de inconstitucionalidad y correr vista a la Fiscalia General del Estado, de conformidad con el articulo 554 del C.P.C. POR TANTO, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CONSTITUCIONAL RESUELVE: TENER por presentado al recurrente en el carácter invocado y por constituido su domicilio en el lugar indicado.- ORDENAR la agregación de las instrumentales presentadas. DAR TRAMITE a la acción presentada por la Señora ELSA SANABRIA DE CANO por derecho propio y bajo patrocinio de abogado, en contra de los ART. 16 INC. F), EL ART. 17 Y ART. 143 LA LEY 1626/00 DE LA FUNCION PUBLICA, ART. 1 DE LA LEY N° 3989/10 QUE MODIFICA LOS ARTICULOS 16 Y 143 DE LA LEY N° 1626/00 DE LA FUNCION PUBLICA, y el ART. 1 DE LA LEY N° 6834 DEL 19 DE AGOSTO DE 2021, QUE MODIFICA EL ART. 251 DE LA LEY N° 22 DE ORGANIZACIÓN ADMINISTRATÍVA DEL ESTADO DEL 22 DE JUNIO DE 1909, EL ART. 40 INC. C) DE LA LEY N° 7228/23 'QUE APRUEBA EL PRESUESPUETO GENERAL DE GASTOS DE LA NACION PARA EL EJERCIO FISCAL 2024 Y EL ART. 321 DEL/DTO. DEL PODER EJECUTIVO N° 1092/2024 "QUE REGLAMENTA LA LEY N' 7228/2023" CORRER vista a la Fiscalia General del Estado FIJAR días de notificación ca Secretaria conformidad a lo dispuesto en el Art. 131 los martes y jueves de cada semana, ANOTAR y registrars Ante mí: Cesar M. Diesel Junghanns Ministro CSJ. Gustavø E. Santander Dans Ministro ODER Dr. Victor Rios Ojeda Ministro Abg. Julio C. Pavón Martínez Secretario SECRETARIA JUDICIAL T UPREMA
← Volver a los resultados