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20 21 CORTE SUPREMA DE USTICIA ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD PROMOVIDA POR ELITE PRODUCCIONES RADIO Y TV C/ ART. 1°, NUMERAL 2, INCISO A), 13°, Y 21° DE LA LEY N° 6355/19 "QUE MODF. LOS ARTS. 1, 2°, 3°, 4°, 7°, 13°, Y 21° DE LA LEY N° 5033/13 "QUE REGLAMENTA EL ART. 104 DE LA CONSTITUCION NACIONAL DE LA DECLARACION JURADA DE BIENES Y RENTAS, ACTIVOS Y PASIVOS DE LOS FUNCIONARIOS PUBLICOS Y AMPLIA LAS DISPOSICIONES DE LA LEY N° 2051/03 SUS MODF NORMAS RESPALDATORIAS. N° 379- AÑO 2021.- CIVIL 202k A.I. N°....... 1470. Asunción, '2 de septiembl de 2024.- acción de inconstitucionalidad presentada por el Abogado GERARDO derecho propio y en PRODUCCIONES RADIO Y TV UNIPERSONAL contra el art. 1°, numeral 2, inciso a), 13° 6355/19 "Que modf. los arts. 1°, 2°, 3°, 4°, 7°, 13°, Y 21° de la Ley N° 6933/13, "Que reglamenta el art. 104 de la Constitución Nacional de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas, Activos y Pasivos de los funcionarios públicos y amplia las disposiciones de La Ley N° 2051/03 sus modf y normas respaldatorias. y; -.... CONSIDERANDO: Que, en el citado escrito se solicita la declaración de inconstitucionalidad de los artículos 1, numeral 2, inciso a), 13 y 21 de la Ley N° 6355/19 "Que modf. Los Arts. 1°, 3°, 4°, 7°, 13 Y 21 De La Ley N° 5033/ 13 "Que reglamenta el Art. 104 de la Constitución Nacional, de la Declaración de Bienes y Rentas, Activos y Pasivos de los Funcionarios Públicos y amplía las Disposiciones de la Ley N° 2051/03, sus modf. y normas Respaldatorias". . Que, resulta relevante a los efectos de la declaración de inconstitucionalidad de una norma, que el agravio sea contemporáneo tanto al momento de la impugnación como de su resolución. En tal sentido, cabe señalar que el artículo 1, numeral 2, inciso a), 13 y 21 de la Ley N° 6355/19, fue objeto de modificación según surge de la Ley N° 6919/2022 de fecha 18 de julio de 2022 "Que modifica varios Artículos de la Ley N° 5033. Que reglamenta el Articulo 104 de la Constitución Nacional, de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas, Activos y Pasivos de los Funcionarios Públicos. Y deroga la Ley N° 6355/2019", con lo cual, habiendo desaparecido del sistema la norma impugnada de inconstitucional, el agravio deja de ser actual y la controversia ya no existe. En atención a lo expuesto precedentemente, deviene inoficioso el estudio de la acción de inconstitucionalidad promovida por el Abogado GERARDO DANIEL SAMUDIO MONZON, por derecho propio y en representación de ELITE PRODUCCIONES RADIO Y TV UNIPERSONAL contra el art. 1°, numeral 2, inciso a), 13°, y 21° de la Ley N° 6355/19 "Que modf. los arts. 1°, 2°, 3°, 4°, 7°, 13°, Y 21° de la Ley N° 5033/13 "Que reglamenta el art. 104 de la Constitución Nacional de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas, Activos y Pasivos de los funcionarios públicos y amplia las disposiciones de La Ley N° 2051/03 sus modf y normas respaldatorias, por haber desaparecido la causa que CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CONSTITUCIONAL RESUELVE: DECLARAR INOFICIOSO el estudio de la acción de inconstitucionalidad presentada por el Abogado GERARDO DANIEL SAMUDIO MONZÓN, por derecho propio y en representación de ELITE PRODUCCIONES RADIO Y TV UNIPERSONAL contra el art. 1°, numeral 2, inciso a), 13°, y 21° de la Ley N° 6355/19 "Que modf. los arts. 1°, 2°, 3°, Nacional de la dolaracy Soada deBe reglamenta el Activos y la constei TALI 5033/13 "Que reglamenta el art. 104 de la Constitucion SECRETARIA O uncionarios públicos y amplia las disposiciones de La Ley N° 2051/03 sus /modi y hormas respaldatorias", conforme lo expuesto en el considerando de nora la presen resolución.- ARCHIVAR estos autos una vez firme esta resolución REMA NOTIFICAR por cedula ANOTAR y registrar. Abg. Julio Cerrarón Mar esar M. Diesel Junghanns Secretario Ministro CSJ. DG Gustavo E. Santander Dans Dr. Víctor Ríos Ojeda Ministro Ministro
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