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CORTE SUPREMA DE USTICIA ACCION DE INCONSTITUCIONALIDAD PROMOVIDA POR LUCIANE DO ROCIO RIBEIRO C/ ARTICULO 1° NUMERAL 2, INCISO A) ; 4° NUMERAL 7, 13°; У 21° DE LA LEY N° 6355/2019 - QUE MODIFICAN LOS ARTS. 1°, 3°, 4°, 7°, 13°, Y 21° DE LA LEY N° 5033/13 - QUE REGLAMENTA EL ART. 104 DE LA CONSTITUCION NACIONAL DE LA DECLARACION OBLIGATORIA DE BIENES Y RENTAS DE LOS FUNCIONARIOS PUBLICOS Y AMPLIA LAS DISPOSICIONES DE LA LEY N° 2051/03 SUS 02/ 03 MODF Y NORMAS RESPALDATORIAS. N° 2313/21.- 100 A.I.N°: 1475. PECO ESTADISTICA CIVIL -09-2024 07 Asunción, 12 de septiembre de 2024.- VISTA: la acción de inconstitucionalidad presentada por el Abg. JUAN HEISEKE ARCE, en nombre y representación de la Sra. LUCIANE DO ROCIO RIBEIRO, Accionista y Directora de la Empresa SERVICIOS ELECTRICOS Y METALURGÍCOS S.A. artículo 1º numeral 2, inciso a); 4° numeral 7, 13°; y 21º de la ley 9N° 6355/2019 - Que modifican los arts. 1°, 3°, 4°, 7°, 13°, y 21° de la Ley N° 5033/13 - Jue reglamenta el art. 104 de la Constitución Nacional de la Declaración Obligatoria de Bienes y Rentas de los Funcionarios Públicos y amplia las disposiciones de la Ley N° 2051/03 sus modf y normas respaldatorias", y;- Que, en el citado escrito se solicita la declaración de inconstitucionalidad del numeral 2, inciso a); 4° numeral 7, 13°; y 21° de la Ley N° 6355/2019 - Que modifican los arts. 1°, 3º, 4°, 7°, 13° y 21° de la Ley N° 5033/13 - Que reglamenta 104 de la Constitución Nacional de la Declaración Obligatoria de Bienes y Rentas de los Funcionarios Públicos y amplia las disposiciones de la Ley N° 2051/03 sus modf y normas respaldatorias. . Que, resulta relevante a los efectos de la declaración de inconstitucionalidad de una norma que el agravio sea contemporáneo tanto al momento de la impugnación como de su resolución. En tal sentido, cabe señalar que el acto normativo fue objeto de modificación en lo que respecta al articulo 1° numeral 2, inciso a); 4° numeral 7, 13°; y 21° de la ley N° 6355/2019 - Que modifican los arts. 5033/13, fue objeto de modificación según surge de la Ley N° 6919/2022 de fecha 18 104 de la Constitución Nacional de la Declaración Obligatoria de Bienes y Rentas de los Funcionarios Públicos y amplia las disposiciones de la Ley N° 2051/03 sus modf y normas respaldatorias, puntualmente en contra de sus arts. 1º numeral 2 inciso a) 13, 21" con lo cual, habiendo desaparecido del sistema la norma impugnada de inconstitucional, el agravio deja de ser actual y la controversia ya no existe. En atención a lo expuesto precedentemente, deviene inoficioso el estudio la acción de inconstitucionalidad presentada por el Abg. JUAN HEISEKE ARCE, en nombre y representación de la Sra. LUCIANE DO ROCIO RIBEIRO, Accionista y Directora de la Empresa SERVICIOS ELECTRICOS Y METALURGICOS S.A. (SEMESA), contra a); 4º numeral 7, 13°; y 21° de la ley N° 6355/2019 - Que 1°, 3°, 4°, 7°, 13°, y 21° de la Ley N° 5013/13 - Que reglamenta el art. 104 de la Constitución Nacional de la Declaración Obligatoria de Bienes y Rentas de los Funcionarios Públicos y amplia las disposiciones de la Ley N° 2051/03 sus modí y normas respaldatorias.-..... POR TANTO, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CONSTITUCIONAL DECLARAR INOFICIOSO el estudio de la acción de inconstitucionalidad presentada por el Abg. JUAN HEISEKE ARCE, en nombre y representación de la Sra. LUCIANE DO ROCIO RIBEIRO, Accionista у Directora de la Empresa SERVICIOS CLECTRICOS Y METALURGICOS S.A. (SEMESA, contra articulo a) TRImoN 7,13% y 21 de sa ley N6355/2049-ue modifican los aer 1/5 7°, 13°, y 21° de la Ley N° 5033/13 - Que reglamenta el art. 100, amplia las disposiciones de la Ley N° 2051/08 sus modf y normas respaldatorias. 104 de la Constitución Nacional de la Declaración Obligatoria de Bienes y Rentas de los Funcionarios Publicos y NOTIFICAR por cédula ANOTAR y registrar.-. Añte mí: A No E. Santandere Ministro SECRETARIA U JUDİCIAL I Cesar M. Diesel Junghanns Ministy Abg. Julige Pavon Martinez Secretario Dr. Víctor Ríos Ojeda Ministro
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