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22 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA ACCION DE INCONSTITUCIONALIDAD PROMOVIDA POR INMOBILIARIA ATENEO SOCIEDAD ANONIMA INDUSTRIAL Y COMERCIAL C/ LEY N° 6355 "QUE MODF. LOS ARTS. 1°, 3°, 4°, 7° Y 21° DE LA LEY N° 5033/13 "QUE REGLAMENTA EL ART. 104 DE LA CONSTITUCION NACIONAL, DE LA DECLARACION JURADA DE BIENES Y RENTAS N° 1019 AÑO 2021. 02|03 30 лиш. A.I. N°. 1474 Asunción, 12 de septiemb de 2024.- BELOTTO, en nombre y representación de la firma INMOBILIARIA ATENEO SOCIEDAD BANONIMA INDUSTRIAL y COMERCIAL Y; CONSIDERANDO: SI ¿Que, en el citado escrito se solicita la declaración de inconstitucionalidad de los articulos 1, numeral 2, inciso a), 13 y 21 de la Ley N° 6355/19 "Que modf. Los Arts. 1°, 3°, 4°, 7°, 13 Y 21 De La Ley N° 5033/13 "Que reglamenta el Art. 104 de la Constitución Nacional, de la Declaración de Bienes y Rentas, Activos y Pasivos de los Funcionarios Públicos y amplía las Disposiciones de la Ley N° 2051/03, sus modf. y normas Respaldatoria' __- Que, resulta relevante a los efectos de la declaración de inconstitucionalidad de una norma, que el agravio sea contemporáneo tanto al momento de la impugnación como de su resolución. En tal sentido, cabe señalar que el artículo 1, numeral 2, inciso a), 13 y 21 de la Ley N° 6355/19, fue objeto de modificación según surge de la Ley N° 6919/2022 de fecha 18 de julio de 2022 "Que modifica varios Artículos de la Ley N° 5033. Que reglamenta el Articulo 104 de la Constitución Nacional, de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas, Activos y Pasivos de los Funcionarios Públicos. Y deroga, la Ley N° 6355/2019", con lo cual, habiendo desaparecido del sistema la norma impugnada de inconstitucional, el agravio deja de ser actual y la controversia ya no existe.-......-. En atención a lo expuesto precedentemente, deviene inoficioso el estudio de la acción de inconstitucionalidad promovida por el Abogado CARMEN BELOTTO, en nombre y representación de la firma INMOBILIARIA ATENEO SOCIEDAD ANONIMA INDUSTRIAL y COMERCIAL, por haber desaparecido la causa que la motivó. POR TANTO, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CONSTITUCIONAL RESUELVE: DECLARAR INOFICIOSO el estudio de la acción de inconstitucionalidad presentada por la abogada CARMEN BELOTTO, en nombre y representación de la firma INMOBILIARIA ATENEO SOCIEDAD ANONIMA INDUSTRIAL y COMERCIAL, contra la versión modificada de los artículos 1, numeral 2, inciso a), 13 y 21 de la Ley N° 6355/19 "Que modf. los Arts. 1°, 3°, 4°, 7°, 13 y 21 de la Ley N° 5033/13 "Que reglamenta el Art. 104 de la Constitución Nacional, de la Declaración de Bienes y Rentas, Activos y Pasivos de los Funcionarios Públicos y Amplía las disposiciones de la Ley N° 2051/03, sus modf. y normas conforme lo expuesto en considerando de la presente resolución. ARCHIVAR estos autos una yez firme esta resolución. NOTIFICAR por cedula.- ANOTAR y registrar Ante mi: Cesar M. Diesel Junghamn LA Ministro Dr. Víctor Ríos Oje a Ministro Aly , SECRETARIA JUDICIAL I
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