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CORTE SUPREMA DE JUSTICIA EXPEDIENTE: "DIANA ELIZABETH BARRIOS PRIETO C/ DECRETO DEL P.E./ RES. N° 6846 DE FECHA 25/MARZO/2022 DE SECRETARIA DE POLITICAS LINGUISTICAS" N° 586 AÑO: 2023. A.I. N°: .... 463 Asunción, 09 de setiembre de 2024.- 11 10 VISTQ4 Estos autos, y; - 9 -09- Rogue López Mar a SI CONSIDERANDO: OPINION DEL MINISTRO, DR. MANUEL DEJESÚS RAMIREZ CANDIA: Que, el informe de la Actuaria que obra a fs. 129 de autos, expresó lo siguiente. ...que en el expediente caratulado: DIANA ELIZABETH BARRIOS PRIETO C/ DECRETO NRO. 6846 DE FECHA 25/03/2022 DICT. POR LA SECRETARIA DE POLITICAS LINGUISTICAS", Expte. C.S.J. N° 586, Folio 46, Año 2023, la Secretaria de Políticas Lingüísticas, fue debidamente notificada de la providencia de fecha 20 de diciembre de 2023 (fs. 123), según la cédula de notificación de fecha 22 marzo de 2024 (fs. 125) De las constancias que obran en autos, se aprecia que desde dicha fecha (22 de marzo de 2024), hasta el 09 de abril de 2024, hasta las nueve horas (09:00 hs.), no existe constancia de contestación alguna de su parte...". Consecuentemente, desde dicha fecha (22 de marzo de 2024), transcurrió el plazo de nueve días sin que el representante de la parte demandada haya presentado su escrito de contestación de traslado que le fuera corrido según cédula de notificación de fojas 125 de autos, estando vencido el plazo que tenía para hacerlo. - Que, las previsiones del Articulo N° 438 del Código Procesal Civil, establece : " ...Si el recurrido no contestare el traslado dentro del plazo señalado, seguirá su curso la instancia..", en estas condiciones, corresponde dar por decaído el derecho que ha dejado de utilizar el representante de la parte demandada para presentar su escrito de contestación de traslado que les fuera corrido en consecuencia, llamar Autos para Resolver los recursos de Apelación y Nulidad interpuestos contra el Auto Interlocutorio N° 92 de fecha 19 de mayo de 2023, dictado por el Tribunal de Cuentas Primera Sala. És mi voto. алет Luis María Benitez/Riera Mini Abg, Norma Dominguez V: Manuel Dejesús Ramírez Candi MINISTRO Socretaria Dra. Ma. Carolina Llanes O Ministra OPINION DE LA MINISTRA, DRA, MARIA CAROLINA LLANES OCAMPOS: Visto el informe de la actuaria obrante a fs. 129 de autos, y considerando que: - Por providencia de fecha 20 de diciembre de 2023, esta Sala Penal ordenó el traslado a las partes de la expresión de agravios de la Procuraduría General de la República. Por cédula de notificación de fecha 22 de marzo de 2024, se anotició de la providencia de traslado a la Secretaría de Políticas Lingüísticas. Por cédula de notificación de fecha 22 de marzo de 2024, se anotició de la providencia de traslado a la parte actora -Diana Elizabeth Barrios Prietos. La parte actora ejerció su derecho y contestó los agravios en fecha 4 de abril de 2024, conforme escrito obrante a fs. 127-128 de autos La parte demandada -Secretaría de Políticas Lingüísticas, no desplegó su derecho respecto al traslado corrido. - El art. 438 del Código Procesal Civil preceptúa: " ...si el recurrido no contestare el traslado dentro del plazo señalado, seguira su curso la instancia..." Por todo lo expuesto, corresponde dar por decaído el derecho que ha dejado de usar la Secretaría de Políticas Lingüísticas y Llamar autos para resolver los recursos interpuestos por la Procuraduría General de la República. Es mi voto. - OPINION DEL MINISTRO, DR. LUIS MARIA BENITEZ RIERA: Me adhiero al voto de la Ministra, Dra. Carolina LLanes, por compartir los mismos fundamentos. Es mi voto. - Por tanto, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA PENAL RESUELVE 1. DAR por decaído el Derecho que ha dejado de utilizar el representante de la parte demandada, Secretaría de Políticas Lingüísticas, para presentar su respectivo escrito de contestación de traslado que les fuera corrido. -_.
00 CORTE SUPREMA OPE USTICIA EXPEDIENTE: "DIANA ELIZABETH BARRIOS PRIETO C/ DECRETO DEL P.E./ RES. N° 6846 DE FECHA 25/MARZO/2022 DE SECRETARIA DE POLITICAS LINGUISTICAS" N° 586 AÑO: 2023. - 2024 'AUTOS PARA RESOLVER, los Recursos de Apelación y Nulidad interpuestos por la Procuraduría General de la República, contra el Auto Interlocutorio N° 92 de fecha 19 de mayo de 2023, dictado por el Tribunal de Cuentas Primera Sala. ANÓTESE, registrese y notifiquese. Luis María Benítez Riera Reinistro Dra. Ma. Carolina Llanes Ante mi: Br. Manuel Dejesús Ramírez Candi MINISTRO Abg. Norme Dominguez V SECRETARIA CONTENCIOSO ADANESTRATIVO CREMADE
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