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DEL CORTE SUPREMA DE JUSTICIA 104 ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD PROMOVIDA POR ALVARO DAVID AGUILERA SANTANDER C/ VERSION MODIFICADA EN LOS ARTS. 1, NUMERAL 2, INCISO A), 13 Y 21 DE LA LEY N° 6355/19 "QUE MODIFICA LOS ART. 1° 3°, 4°, 7°, 13 Y 21 DE LA LEY N° 5033/13 "QUE REGLAMENTA EL ARTICULO 1°, 3, 4°, 7°, 13 Y 21 DE LA LEY N° 5033/13 "QUE REGLAMENTA EL ART. 104 DE LA CONSTITUCION NACIONAL, DE LA DECLARACION JURADA DE BIENES Y RENTAS ACTIVOS Y PASIVOS DE LOS FUNCIONARIOS PUBLICOS Y AMPLIA LAS DISPOSICIONES DE LA LEY N° 2051/03, SUS MODIFICACIONES NORMAS RESPALDATORIAS. N° 3043- AÑO 2021.- 143S Asunción, 8 de phenbr de 2024.- VISTA: la acción de inconstitucionalidad presentada por el señor ALVARO DAVID 'AGUILERA SANTANDER, por derecho propio y bajo patrocinio de abogado, contra la versión modificada en los 'Arts. 1, Numeral 2, Inciso. À), 13 Y 21 de la Ley N° 6355/19 "Que modifica Los Art. 1°, 3°, 4°, 7°, 13 y 21 de la Ley N° 5033/13 "Que reglamenta el marticulo 1°, 3, 4°, 7°, 13 Y 21 de la Ley N° 5033/13 "Que reglamenta el Art. 104 de la Constitución Nacional, de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas Activos y Pasivos de funcionarios públicos y amplia las Disposiciones de la Ley N° 2051/03, modificaciones y normas respaldatorias y; Que, en el citado escrito se solicita la declaración de inconstitucionalidad de los artículos 1, numeral 2, inciso a), 13 y 21 de la Ley N° 6355/19 "Que modf. Los Arts. 1°, 3°, 4, 7°, 13 Y 21 De La Ley N° 5033/ 13 "Que reglamenta el Art. 104 de la Constitución Nacional, de la Declaración de Bienes y Rentas, Activos y Pasivos de los Funcionarios Públicos y amplía las Disposiciones de la Ley N° 2051/03, sus modf. y normas Respaldatorias". Que, resulta relevante a los efectos de la declaración de inconstitucionalidad de una norma, que el agravio sea contemporáneo tanto al momento de la impugnación como de su resolución. En tal sentido, cabe señalar que el artículo 1, numeral 2, inciso a), 13 y 21 de la Ley N° 6355/19, fue objeto de modificación según surge de la Ley N° 6919/2022 de fecha 18 de julio de 2022 "Que modifica varios Artículos de la Ley N° 5033. Que reglamenta el Articulo 104 de la Constitución Nacional, de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas, Activos y Pasivos de los Funcionarios Públicos. Y deroga la Ley N° 6355/2019", con lo cual, habiendo desaparecido del sistema la norma impugnada de inconstitucional, el agravio deja de ser actual y la controversia ya no existe. - En atención a lo expuesto precedentemente, deviene inoficioso el estudio de la acción de inconstitucionalidad promovida por el señor ALVARO DAVID AGUILERA SANTANDER, por derecho propio y bajo patrocinio de abogado, por haber desaparecido la causa que la motivó. POR TANTO, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CONSTITUCIONAL RESUELVE: DECLARAR INOFICIOSO de inconstitucionalidad presentada por el señor ALVARO DAVID AGUILERA SANTANDER, por derecho propio y bajo patrocinio de abogado, contra la versión modificada A), 13 Y 21 de la Ley N° 6355/19 "Que modifica Los Art. 1°, 3°, 4°, 7°, 13 y 21 de la Ley N° 5033/13 "Que reglamenta el artículo 1°, 3, 4°, 7°, 13 Y 21 de la Ley N° 5033/13 "Que reglamenta el Art. 104 de la Constitugión Nacional, de la Declaración Jurada deSECRETARIA Bienes y Rentas Activos y Pasivos de los funcionarios públicos y amplia las Disposiciones VUDICIAL I de la Ley N° 2051/03, sus modificaciones y normas respaldatorias", conforme lo expuesto en el considerando de la presente resolución. -.....-..- ARCHIVAR estos autos una vez firme esta resolución NOTIFICAR por cedula. Cesar M. Diesel dunghanns Ministro CSJ Abg. Julio C. Pavón Martinez Secretarie Cristavo E. Santander Dans Ministra DG Dr. Víctor Ríos Ojeda Ministro
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