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CORTE SUPREMA DE USTICIA JUICIO: "R.H.P. DEL ABOG. HERMINIO CANTERO EN LOS AUTOS: QUEJA POR APELACION DENEGADA PRESENTADO POR EL ABOG. HERMINIO CANTERO EN EL JUICIO: FELIPE NERI BAEZ FRANCO Y OTRA C/ LUIS GERMAN BAEZ FRANCO S/ NULIDAD DE ACTO JURIDICO" 103 04/05 A. I. Ne 752 20 211, 10 Asunción, 9 de Setiembre del 2.024. - YOVISTOS ESTADIST Estos autos; y 18 19. -09- - 2024 -9 CONSIDERANDO: 1287 ,del 23 de Diciembre del 2.021 , el Tribunal de Apelación, El pamesperos vuaso al cestral, desclas conocer los 1o Civil, Comercial y Laboral, Primera Sala, Apelación y Nulidad interpuestos por Leonarda Báez de Arrúa y Felipe Neri Báez Franco, contra el A.I. Nº 689 del 27 de Julio del 2.021. De las constancias del Juicio y del informe de la Secretaria Judicial se advierten que Leonarda Báez de Arrúa fue notificada de la Providencia "Autos" de fecha 12 de Diciembre del 2.023, conforme a Cédula de notificación de fecha 02 de Agosto del 2.024, obrante a fs. 101. En el expediente no existe constancia que la citada se haya presentado a fundar sus Recursos, estando a la fecha vencido el plazo para hacerlo. Corresponde, pues, declarar desiertos los Recursos de Apelación y Nulidad interpuestos por Leonarda Báez de Arrúa e imponer las costas la Parte apelante, conforme lo dispone el Artículo 203, inciso e) ‚del Código Procesal Civil."- POR TANTO, la Excelentísima; CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CIVIL Y COMERCIAL RESUELVE: DECLARAR DESIERTOS los Recursos de Apelación Nulidad interpuestos por Leonarda Báez de Arrúa, contra el A.I. No de Julio del 2.021, dictado por el Tribunal de Apelación en 10 Civil, Comercial y Laboral, Primera Sala, Circunscripción Judicial Centra IMPONER costas apelante." REMITIR este ribunal de origen para lo que hubiere lugar en Derecho. - ANOTAR, regi Ant Acip Crar SECRETÁRIA Eugenio Jiménez R Ministro SUPREND Alberto Martinez Simon Ministro Pesar Silmi (Garage Abg. María Rita Monges Dos Santos Secretaria
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