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SA DEL PAP CORTE SUPREMA DE JUSTICIA JUICIO: "MEMORIAL ADMIN Y MANDATO C/ JUAN EDGAR FLEITAS Y OTROS S/ EJECUCIÓN HIPOTECARIA".- 00 22 190105 080) A.I. Nº 737 -09-2024 Asunción, 3 de septiembredel 2.024. "sin expresión de causa" A mar patrocinio e abe ado anes es o lo Lorenza García de Fleitas, por Derecho Garay de Vouga, a la sazón Miembro del Tribunal de Apelación en lo Civil y Comercial, Segunda Sala de la Capital, yi CONSIDERANDO: La recusación "sin expresión de causa" fue planteada en los términos del escrito obrante a f. 3. La recusada elevó el informe de rigor, en cumplimiento con 1o dispuesto en el Artículo 31 del Código Procesal Civil. Señaló que el Tribunal ya intervino con anterioridad en la causa, habiendo dictado el Auto Interlocutorio N° 889 de fecha 26 de octubre de 2022, por lo cual, el planteamiento deviene extemporáneo (f. 6). . Preliminarmente, se debe señalar que, por Resolución N. 17.798 de fecha 14 de febrero de 2024, la Excma. Corte Suprema de justicia resolvió aceptar la renuncia al cargo de Miembro del Tribunal de Apelación en lo Civil y Comercial, Segunda Sala de la Capital, presentada por la Abg. María Sol Zucolillo Garay de Vouga, a partir del 1 de marzo de 2024, declarar vacante el cargo respectivo y comunicar al Consejo de la Magistratura para los fines pertinentes. — En estas condiciones, el estudio de la recusación "sin expresión de causa" planteada carece hoy día de objeto, conforme a lo señalado en el párrafo precedente. No podría entenderse de otra manera, pues el estudio y un posible rechazo de la incidencia, supondría que la recusada siga entendiendo en estos autos, situación que fácticamente ya no resulta posible. En consecuencia, corresponde declarar carente de objeto la recusación "sin expresión de causa" planteada en estos autos. En consecuencia, la Excelentisima; CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CIVIL Y COMERCIAL: RESUELVE: DECLARAR CARENTE DE OBJETO la recusación "sin expresión de causa" planteada por Blanca Lorenza García de Fleitas, por Derecho propio y bajo patrocinio de Abogada contra María Sol Zucolillo Garay de Vouga, a la sazón Miembro del Tribunal de Apelación en lo Civil y Comercial, Segunda de la Capi por los motivos expuesta REMITIR al Tribunal ANOTAR,' strar y prigen tificar Dr. Luis María Benítez Riera Ministro Eugenio Jiménez R. Ministro Alberto Martinez Simon Ministro Ante mí: мела Abg. María Rita Monges Dos Santos/ Secretaria DRE UDICIA SECRETARIA
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