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19. PODER JUDICIAL EXPEDIENTE: "RIMEC S.A. C/ RES. NRO. 658 DEL 28/06/2021 DICT. POR EL M.S.P. Y B.S.", Expte. C.S.J. N° 834, Folio 66, Año 2023. A.l. N°...... 386 .... Asunción, 20 de agosto. de 2024. ESTE DISTIC ECE VISTO: Estos autos, Yi 2° 2 Fronta CONSIDERANDO: E8 qua Que, el informe de la Actuaria que obra a fs. 103 de autos, expresó lo siguiente: ".ue ‹engel expediente caratulado: "RIMEC S.A. C/ RES. NRO. 658 DEL 28/06/2021 DICT. POR EL M.S.P. Y B.S.". Expte. C.S.J. N° 834, Folio 66, Año 2023, los Abogados representantes de la parte demandada fueron notificados de la providencia de fecha 21 de marzo de 2024, según cédula de notificación de fecha 04 de junio de 2024 (fs. 98). De las constancias obrantes en autos, se aprecia que, desde la fecha 04 de junio de 2024, al 13 de junio de 2024, hasta las nueve horas (09:00 hs.), no existe constancia de contestación alguna por parte de los representantes de la parte demandada. Consecuentemente, desde dicha fecha (04 de junio de 2024), transcurrió el plazo de cinco días sin que representantes de la parte demandada hayan presentado escrito de contestación del traslado que les fuera corrido por parte del apelante, estando vencido el plazo que tenían para hacerlo.- Que, las previsiones del Artículo Nº 438 del Código Procesal Civil, establece: "..Si el recurrido no contestare el traslado dentro del plazo señalado, seguirá su curso la instancia...", en estas condiciones, corresponde dar por decaído el derecho que han dejado de utilizar representantes de la parte demandada para presentar su escrito de contestación del traslado que les fuera corrido por parte del apelante(PGR), en consecuencia, llamar Autos para Resolver los Recursos de Apelación y Nulidad interpuestos por representantes de la Procuraduría General de la República, contra el Auto Interlocutorio N° 229 de fecha 19 de mayo de 2023, dictado por el Tribunal de Cuentas, Primera Sala. POR TANTO, LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA PENAL RESUELVE: DAR por decaído el Derecho que han dejado de utilizar los abogados representantes de la parte demandada para presentar su respectivo escrito de contestación de traslado que les fuera corrido por parte del apelante (PGR). AUTOS PARA RESOLVER los Recursos de Apelación y Nulidad interpuestos por los abogados representantes de la Procuraduría General de la República, contra el Auto Interlocutorio N° 229 de fecha 19 de mayo de/2023, dictado por el Tribunal de Cuentas, Primera Sala. ANOTAR y registrar.- Luis María Benítez Riera Ministro, Ante mí: нота отело и Abg. Norma Dominguer Sacrotaria Dr. Mantel Dejesús Ramirez Candi MINISTRO Dra. Ma. Carolina Llares Ministra SECRETARIA JUDICIAL I CONTENCIOSO
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