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CORTE SUPREMA DEJUSTICIA 01 02. EXPEDIENTE: "ALICIA YOLANDA VIVIANA SCHIEFER S/ CARTA DE NATURALIZACIÓN", N° 974, AÑO 2.021, FOLIO 85VIto.. A.I. N.... 720 Asunción, 19 de 121 agosto del 2.024.- 2024 EST 19 2° в 2 191 Y VISTOS: El Expediente formado por solicitud de Carta demas constancias, yi elatura lización para ALICIA YOLANDA VIVIANA SCHIEFER, Las CONSIDERANDO: Se presentó ALICIA YOLANDA VIVIANA SCHIEFER, por Derecho propio y bajo patrocinio de Abogada, ante la Excelentisima Corte Suprema de Justicia a solicitar la nacionalidad paraguaya por naturalización, acompañando los recaudos exigidos en los Articulos 37 Y 40, de la Acordada N° 464, de fecha 26 de Junio del 2.007 y los Artículos 148 y 154 de la Constitución. Preliminarmente, corresponde remitirse a la normativa aplicable. Al respecto, tenemos la Acordada N° 464/2007, que en los Artículos 37 y 46, en concordancia con el Artículo 148 de la Carta Magna, enuncian los requisitos necesarios para acoger favorablemente la petición de naturalización, que son los siguientes: 1. mayoría de edad; 2. radicación mínima de tres años en territorio nacional; 3. ejercicio en el país de alguna profesión, oficio, ciencia, arte o industria; 4. buena conducta; y, 5. aprobar el examen de conocimientos elementales.- Te suario cuanto a regulaseo do rad acto de diego ne será computada desde La btención de la ›radi permanente y que además rebe sef continuada; emismo, describe las circunstancias las lgoles no .s€ considerar cumplido este requisis ate Fertez Rieta Aclarado 10 anterior, se a rá constancias de Autos \fin de dete Si reunidos, los reganeitomareinez Soaen nistro se Enquent re TOMADE Víctor Ríos O) Ministro Cesai /Manuel Dejesús Ramírez Cand Abg. María Rita Monges Dos Santos MUNISTRO Secretari: culo eser Junghan Dra. Ma. Carolina Llames U. Gustavo E. Santander Dans Ministro, CSJ. Ministro En cuanto al primer requisito, se observa que la recurrente efectivamente acreditó la mayoría de edad. Dicho requisito se encuentra acreditado con: i) la Cédula de Identidad Paraguaya, N° 5.134.184, cuya copia autenticada obra a fs. 9; ii) el documento de identidad del país de origen del solicitante, consistente en el pasaporte identificado con el N° 24.941.692, cuya copia autenticada obra fs. 40; y iii) el certificado de nacimiento apostillado (fs. 62/63), en el que, además, se observa su lugar de nacimiento en General Roca, provincia de Rio Negro, República Argentina y a su progenitora como la Señora Alicia Yolanda Schiefer. Respecto del segundo requisito, radicación mínima de tres años en territorio nacional, debe decirse que también se encuentra acreditado. En efecto, de las constancias de Autos se observa que la peticionante reside en el país de forma permanente y continuada desde el año 2.003, según se desprende del Informe de Radicado emitido por la Dirección General de Migraciones (f. 74). Asimismo, se advierte que obtuvo el carácter de residente permanente mediante el Carnet Número 59.895, cuya copia autenticada obra a f. 5. También, del Acta de Constitución remitida por el Juzgado de Paz de San Lorenzo (f. 80), se comprueba su permanencia en el territorio de la República del Paraguay, domiciliada en la vivienda ubicada en la calle Carumbe N° 9.017 y San Miguel del barrio San Miguel de la ciudad de San Lorenzo. 'Igualmente, no se observa la existencia de alguna de las circunstancias enunciadas en el Artículo 42 de la Acordada N° 464/2007, que impedirían otorgar la naturalización a la peticionante. Por todo ello, el requisito de radicación mínima de tres años en el territorio nacional se encuentra cumplido. En cuanto al ejercicio en el país de alguna profesión, oficio, ciencia, arte o industria, la recurrente demostró el cumplimiento de dicho requisito, conforme i .con
CORTE sup KEMA DE USRICIA EXPEDIENTE: "ALICIA YOLANDA VIVIANA SCHIEFER S/ CARTA DE NATURALIZACIÓN", N° 974, AÑO 2.021, FOLIO 85Vlto. зe221 en el Artículo 40 de la referida Acordada. Así, la peticionante se desempeña como Licenciada en Enfermera, según surge del certificado de trabajo expedido (spofel Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social 84), titulo correspondiente expedido por la Universidad Evangélica del Paraguay (fs. 15), por lo que esta Máxima Instancia considera que este requisito también se encuentra acreditado. En cuanto a la buena conducta, se observa que peticionante agregó el Certificado de Antecedentes Policiales expedido por la Policía Nacional a través del Departamento de Identificaciones (f. 79); el Certificado de la Oficina de Antecedentes Penales del Poder Judicial, donde se verifica registra procesos penales (f. 36); el informe expedido por INTERPOL obrante a f. 71, en igual sentido; y finalmente, los informes remitidos por la Dirección de Estadística de los Tribunales (f. 69); y la Dirección General de los Registros Públicos (f. 83), en los que se informa la inexistencia de juicios medidas cautelares a su nombre. Constatándose, así, el cumplimiento de este requisito. Por otro lado, según informe obrante a f. 32 de autos consta que la peticionante aprobó el Examen de rigor previsto en el Artículo 46 de la Acordada Número 464, de fecha 26 de Junio del 2.007. Asimismo, a fs. 87/89 rola el Dictamen Fiscal N° 71, de fecha 27 de Abril del 2.023, donde la Fiscal Adjunta, Abogada Patricia Rivarola, consideró que hallándose reunidos los requisitos exigidos en la Constitución y la Acordada N° 464/2.007, corresponde que la Excelentísima Corte Suprema de Justicia otorgue la nacionalidad paraguaya por naturalización a ALICIA YOLANDA VIVIANA SCHIEFER. Habiendo cumplido los requisitos exigidos por el Articulo 148 de la Constitución y la Acordada N° 464/2.007, corresponde otorgar a la solicitante la Nacionalidad Paraguaya por Naturalización. POR TANTO, la Excelentísima; CORTE SUPREMA DE JUSTICIA RESUELVE: DECLARAR que ALICIA YOLANDA VIVIANA SCHIEFER, con Cédula de Identidad Paraguaya Número 5.134.184 es de HacionaTidad Paraguaya por Naturalización a partir de la fecha. OTORGAR la correspondiente Carta de Natok previo juramento de rigor COMUNICAR esta Besolución al oder Ejec la demás autoridades que sea mer ester AroTAR, zept istrar y noti ez Rie Icar Aberto 1 Tartinez Simon Lais tile Mhistro Ministro Dr. Victor Ríos Ofera Ministro Dr. Manuel Dejesús Ramirez Candi MINISTRO Ante mí: Dra. Carolina Lianes 0. Ministra beer. Cesar M. Diesel Junghanns Ministro 6S1. SECRETARIA Abg. María Rita Monges Dos Santos Secretaria
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