Contenido completo: 106554.pdf
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA 91 ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD EN EL JUICIO: "PROMOVIDA POR RAFAEL PORTILLO C/ ART. 9 DE LA LEY N° 2345/03" N° 141/2023. 1102 A.I. N°: Asunción, 12 de Agosto de 2.02y.- 20VISTO: El escrito presentado por la Abogada NATHALIA FRETES 3 MERCADO, en fecha 10 de agosto de 2023, y; CONSIDERANDO: Que, la Abogada NATHALIA FRETES MERCADO recusa sin expresión de causa al Excelentísimo Señor Ministro de la Corte Suprema de Justicia, Doctor GUSTAVO SANTANDER Que, la Ley N° 609/95 que "Organiza la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA", establece en materia de recusación de miembros de las Salas, en su Art. 10 que "Regirá para las Salas lo dispuesto en el Art. 3ro. Inc. "g" de esta Ley", en la cual preceptúa claramente que ... "En ningún caso se admitirá la recusación sin expresión de causa" Que, en estas condiciones, la recusación sin expresión de causa planteada, contraviene expresamente las disposiciones de la Ley N° 609/95, por lo que esta Corte Suprema de Justicia debe rechazarla.- POR TANTO, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CONSTITUCIONAL RESUELVE: NO HACER LUGAR a la recusación sin expresión de causa formulada en estos autos contra el Excelentísimo Señor Ministro, Doctor GUSTAVO SANTANDER, por improcedente.- ANOTAR y registrar Ante mí: Gustavo E. Santander Dans Ministro Cesar M. Diesel Junghanns Ministro CSJ. Dr. Víctor Ríos Ojeda Ministro Secretar PO 8 SECRETARIA I JUDICIAL I oid
← Volver a los resultados