Contenido completo: 106422.pdf
CORTE SUPREMA DE USTICIA ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD PROMOVIDA POR CHRISTIAN WILFRIED HUEMER SCHNEIDER EN LOS AUTOS CARATULADOS. ANDREA GILL ACOSTA Y MIGUEL MARIA GILL MEZA C/ MARCELO D. BRITEZ R. Y INDEMNIZACION DE DAÑOS Y PERJUICIOS". Numero 1637- AÑO 2022. A.I. N°: 9905 110 3 SECRETARIA JUDICIAL I RECIBID ESTADISTICA FAE Asunción, 5 de agosto de 2024.- ›VISTO:-El escrito presentado por Andrea Eliana Gill Acosta, Eliana a sitio ca posado, que abra a 39/10 de aurs, y.. Andrea Gill Acosta y Miguel María Gill Meza, por derecho propio y bajo CONSIDERANDO: el presupuesto básico para producir la caducidad de instancia es la inactividad procesal; o sea la paralización del proceso durante el tiempo previsto en la ley, el cual en el procedimiento civil es de seis meses. En principio, esta circunstancia se exterioriza en la no ejecución de acto alguno por ambas partes; aunque también puede darse cuando los actos que se cumplan durante dicho periodo sean carentes de idoneidad para impulsar el proceso. Que, pasando a la verificación y estudio de las constancias de autos, surge que la última diligencia tendiente a dar impulso procesal en esta instancia ha sido el traslado de la acción dispuesta por providencia de fecha 21 de abril de 2023, que obra a f. 38 de autos. Posterior a ello, no se observa que el interesado haya instado el procedimiento a través de actos idóneos y adecuados para hacerlo avanzar, siendo el impulso de éste una carga que compete exclusivamente a las partes quienes -a través de dichos actos- deben conducir la instancia hacia su estadio conclusivo, por lo que de esta forma, hallándose cumplido el plazo establecido en el Art. 172 del Cód. Proc. Civ., corresponde declarar operada la caducidad de instancia en estos autos. En relación a las costas, corresponde imponerlas a la parte accionante, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 200 del C.P.C.- POR TANTO, en mérito a las consideraciones que'anteceden y al informe del Señor Secretario obrante en estos autos, la- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CONSTITUCIONAL RESUELVE: JUDICA, piormida a los rindamentos expuestos en la presente resolacion. DECLARAR operada la caducidad de la instancia en estos autos de IMPONER las costas a la parte actora.- NOTIFICAR por Cédula.- ANOTAR y registrar Ante mí: Cesar M. Diesel Junghanns Ministro CSJ. Gustavo E. Santander Dans Ministro: Dr. Víctor Ríos Ojeda Ministro Abg. Julio C. Pavón Martíncz Secreiario
← Volver a los resultados